No, qué va, para las plusvalías Hacienda no tiene problemas, cuanto antes pagues, mejor para ellos. Es decir, si has generado plusvalías este año, las declaras para este año 2014, en la Declaración de abril de 2015.
El problema de las minusvalías es la regla antiaplicación que supone que tienes que comprometerte a no comprar nuevas acciones en un plazo determinado antes y después de la venta. El cumplimiento del plazo "antes" de la venta está claro si se cumple o no; el problema es el del plazo posterior. En el mercado continuo ese plazo son 2 meses. En el MAB es de 1 año. Por muy tarde que vendas en el año natural, para cuando llega el periodo de la Declaración de la Renta está claro si has cumplido el no comprar durante 2 meses en el Mercado Continuo. Por tanto, esas minusvalías siempre vas a poder meterlas en la Declaración de ese año (ahora mismo sería la del año 2014, que la Declaración empezará en abril de 2015), se comprueba por la vía de los hechos: aunque hayas comprado en diciembre de 2014, para cuando hagas la Declaración en abril de 2015 está claro si has comprado durante enero o febrero acciones del mismo valor.
Pero en el caso del MAB, el plazo es de 1 año. Es posible que en un valor vendas con minusvalías en noviembre o diciembre, llegue la Declaración en abril-junio, metas como minusvalías esa venta, y luego en verano o en el segundo semestre comprases de nuevo. Si Hacienda descubriera esto, supondría una declaración paralela y posiblemente sanción por incumplir la regla antiaplicación.
Mi duda inicial era si Hacienda iba a permitir que eso ocurriera, o bien directamente impide la posibilidad prohibiendo la declaración de las minusvalías hasta que no finalice el plazo de antiaplicación posterior de 1 año. No obstante, el compañero Marchc ya indicó que ha consultado con Hacienda y que al menos para Gowex no lo prohiben, sino que se acepta la posibilidad de declarar las minusvalías sin comprobar a priori el plazo antiaplicación.
Saludos. Head.