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¿Qué pasa con Caixabank (CABK)?

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¿Qué pasa con Caixabank (CABK)?
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¿Qué pasa con Caixabank (CABK)?
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#3419

Re: ¿Qué pasa con Caixabank (CABK)?

Hola

Llegaron los créditos negativos... Veremos si en los particulares.
#3420

Re: ¿Qué pasa con Caixabank (CABK)?

 

Alemania coloca deuda a seis meses por 1.440 millones de euros al -0,75%


Alemania ha colocado este lunes en el mercado deuda a seis meses (bubills) por 1.440 millones de euros a un tipo de interés medio del -0,7515%, ha informado el Bundesbank en un comunicado. Los inversores ofrecieron al Estado alemán 1.915 millones de euros, lo que deja la cuota de cobertura en el 1,3. 


El Tesoro alemán se reservó 560 millones de euros, que prevé colocar en el mercado secundario con mejores condiciones. La emisión, de 2.000 millones de euros en total, vence el 12 de febrero de 2020. 

#3422

Re: ¿Qué pasa con Caixabank (CABK)?

Hola

No ha podido ser revés a la banca ... El índice no se puede excluir de lo que conocemos como abusivo.
#3424

Re: ¿Qué pasa con Caixabank (CABK)?

Del informe del Abogado General: 
 
120. En efecto, aunque el demandante en el litigio principal no estaba en condiciones de comprender el modo concreto de funcionamiento de uno de los elementos del método de cálculo del tipo de interés variable aplicable a su préstamo, a saber, el IRPH Cajas, cuyo modo de funcionamiento no se desprende del tenor de la cláusula controvertida, estaba en condiciones de entender, sobre la base del contrato de préstamo, que, en cada cuota de devolución, debía pagar un precio determinado, más o menos estable, a saber, el resultado de la suma del IRPH Cajas más un diferencial. 

 

122. Sin embargo, no puede considerarse que el demandante en el litigio principal no estaba «en condiciones de valorar, basándose en criterios precisos e inteligibles, las consecuencias económicas que se deriv[aba]n para él», (92) puesto que, sin perjuicio de las comprobaciones ulteriores que pueda efectuar el órgano jurisdiccional remitente, por una parte, tenía conocimiento del hecho de que el importe de los reembolsos que debía pagar era el resultado de la suma del IRPH Cajas más el diferencial y que, por otra parte, la información relativa al funcionamiento concreto del IRPH Cajas era accesible como consecuencia de su publicación en el Boletín Oficial del Estado. En efecto, en la medida en que esta ecuación matemática del cálculo del IRPH Cajas era públicamente accesible, el consumidor podía comprender, por una parte, que el IRPH Cajas empleado para calcular el tipo de interés variable de su contrato era la suma de i) la media de los índices empleados por las cajas de ahorro durante el mes de referencia, ii) la media de los diferenciales añadidos a estos índices por dichas entidades y iii) la media de las comisiones y gastos inherentes a estas mismas operaciones y, por otra parte, que, a esta suma que constituía el IRPH Cajas, la entidad bancaria añadía las comisiones y gastos asociados al préstamo. 

¿Revés para la banca?




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