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Pulso de Mercado: Intradía

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Pulso de Mercado: Intradía
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Pulso de Mercado: Intradía
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#146161

Re: Pulso de Mercado: Intradía

Buenas tardes,

Aunque compres Bayer del MC al dividendo te aplicarán la doble retención, la de orígen en la sede de la compañía (Alemania aprox. 26,5%) y la española si el broker es español y tu también residente. 

Luego en la renta declaras la doble imposición y te desgravas el menor de los dos tributos.

No todos los países funcionan igual, USA con el Wein, UK y holanda 15% creo que nos son los más favorables para cobrar dividendos desde España. Algunos son un engorro burocrático pues tienes que solicitar el reintegro o reducción de la doble retención a la hacienda del país origen.

Saludos

#146162

Re: Pulso de Mercado: Intradía

Gracias, no he entrado en bayer, he cogido CIE autom., en fin a ver que va pasando. Quizás le quede otro 10 a bayer.

#146163

Re: Pulso de Mercado: Intradía

Buenas..
Esta mañana he ido al bbva y aun no habia quebrado..estaba abierto.
Compro segundo paquete Call (de 3 previstos)para diciembre..
Si algo hunde las bolsas no sera una moneda turka..jj
Esto no es un cisne negro,como mucho un pato negro desplumado.
S2

#146165

Re: Pulso de Mercado: Intradía

Muchas gracias por la respuesta USA y UK los descartó por el riesgo divisa a largo, y el mercado Holandés es en el que estoy buscando poco a poco, esto de la UE, SEPA y todo el timglado que han montado podía poner un poco más fácil y unificado el asunto fiscal en toda europa.

Saludos

#146166

Re: Pulso de Mercado: Intradía

Tengo dudas, mitad de lo retomado fuera. No se si antes de seguir se desinflara algo, por si acaso fuera una parte .

#146167

Re: Pulso de Mercado: Intradía

Mejor menos riesgo y posibilidad de coger más abajo, que sube bien que baja vuelvo a incrementar.

#146168

Re: Pulso de Mercado: Intradía

Con el mercado Holandés no tendrás mucho lío, ahora no recuerdo si la retención en origen era 15% o directamente 0%, para el caso da lo mismo porque terminas pagando al tipo impositivo del tramo que te toque en España, sin hacer nada más que declararlo correctamente al hacer la renta. En otros casos, Alemania, Suiza, etc. con la doble imposición te desgravas la menor imposición, que normalmente (si no cobras una burrada de dividendos) es la española, luego el exceso que te han retenido en origen respecto tu tipo de gravamen que te toca pagar en España, puedes pelearlo con la hacienda del país origen, el que quiera dedicar su tiempo a eso, para matar el rato... ;)

Saludos

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