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Pulso de Mercado: Intradía

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Pulso de Mercado: Intradía
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Pulso de Mercado: Intradía
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#255337

Re: Pulso de Mercado: Intradía

Bitcoin mantiene una correlación muy débil con el Nasdaq, a pesar de una posición históricamente alta de apalancamiento en largo al parecer algunas ballenas siguen vendiendo:

Mis mensajes van de especulación y trading de corto plazo.

#255338

Re: Pulso de Mercado: Intradía

Esta semana es clave dependiendo de los resultados de Apple, Amazon, Microsoft y Alphabet tendremos combustible para la continuación del rebote o para frenarlo:

Mis mensajes van de especulación y trading de corto plazo.

#255340

Re: Pulso de Mercado: Intradía

Ya somos dos, por si te consuela. 
Pero no me creo nada el rebote, y espero ver los profit castañas del compañero sin parar, a lo largo de la semana entrante  ;l) 
#255341

Re: Pulso de Mercado: Intradía

La luz no ha subido - Anrabro dixit
#255342

Re: Pulso de Mercado: Intradía

El indicador nos muestra que debido a que estamos en un lateral más de un mes se ha equilibrado el sentimiento bajista vs alcista por ende no está nada fácil para una decisión de largo plazo. Para corto plazo operar el rango tendiendo cuidado de falsos rompimientos a ambos extremos y aprovechar la tendencia(cuando se defina una)


Mis mensajes van de especulación y trading de corto plazo.

#255343

Re: Pulso de Mercado: Intradía

El rebote puede y creo que va a seguir.
Seguramente si la fed informa más claramente de la tasa terminal que ya se puede vislumbrar sería un empujón. Otro los resultados que creo q aún serán decentes (el consumo ha seguido estable). Los 3800-3840, 3900-3950 y finalmente los 4030-4130 deberían ser los niveles hasta donde llegar. A mi el último se me antoja demasiado alto.
#255344

Re: Pulso de Mercado: Intradía

Esta mañana me he levantado temprano (muy raro en un domingo) y he dicho "voy a mirarme el RD 10/2022 del "mecanismo de ajuste" del mercado eléctrico = tope del gas"

Seguro que en un rato antes de desayunar me leo este papel, pensé.... jajajaja... qué ingenuo!


Hasta que vi el engendro en sí:

Real Decreto-ley 10/2022, de 13 de mayo, por el que se establece con carácter temporal un mecanismo de ajuste de costes de producción para la reducción del precio de la electricidad en el mercado mayorista.


BOE.es - BOE-A-2022-7843 Real Decreto-ley 10/2022, de 13 de mayo, por el que se establece con carácter temporal un mecanismo de ajuste de costes de producción para la reducción del precio de la electricidad en el mercado mayorista.

Ahí tenéis el bicho... a ver si alguien entiende eso... un extracto breve de ese texto tan sencillo para el consumidor medio de luz y gas español:



"A los titulares de unidades de adquisición se les anotará una obligación de pago en cada periodo de programación en el que el término IMPAJ (h,d) sea mayor que cero, que se calculará como:

Siendo:

EUA(ua,h,d, z): energía de la unidad de adquisición ua situada en la zona de precio z en el último programa horario final para el periodo de programación h del día d.

EEXU(ua, h, d, z): energía asignada a la unidad de adquisición ua situada en la zona de precio z para el periodo de programación h del día d, exenta del pago del mecanismo de ajuste, y que se calculará como:

Siendo:

EEXA(ag,h,d,z): energía exenta del pago del coste del mecanismo de ajuste correspondiente al agente ag en la zona de precio z para el periodo de programación h del día d, y que se calculará como:

Siendo:

EEX(ag,z,m): energía declarada por el agente sujeta a instrumentos de cobertura a plazo para la zona de precio z en el mes m al que pertenece el día d de conformidad con lo establecido en el artículo 8 del Real Decreto-ley 10/2022, de 13 de mayo.

n: número de horas del mes m al que pertenece el día d.

El resultado del reparto de las energías exentas declaradas por agente EEXA(ag,h,d,z) y por unidad de adquisición EEXU(ua,h,d,z) se truncará a un decimal.

A los titulares de unidades de adquisición se les anotará un derecho de cobro en cada periodo de programación en el que el término IMPAJ (h,d) sea menor que cero, que se calculará como:

Si en un periodo de programación la energía exenta del pago o cobro del ajuste correspondiente a una unidad de adquisición, resultado de los repartos anteriormente indicados, superase el valor de la energía programada en dicho periodo, toda la energía programada resultará exenta del pago o cobro del mecanismo de ajuste, sin que el exceso sea considerado a efectos liquidatorios."


Lo que sí entiendo es que mi factura de agosto, para el MISMO consumo, ha costado el DOBLE que el año pasado, y que estoy pagando el kw a 32 céntimos y el año pasado lo pagaba a 17 céntimos.

El gobierno si quiere mirar por los consumidores no tiene más que decir cuál es la tarifa más barata de luz y gas y con qué compañía se contrata. No pueden poner a un funcionario del ministerio correspondiente a que averigüe esto, y nos haga un favor a los 48 millones de habitantes de este país?