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Compensar pérdidas por venta de acciones

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Compensar pérdidas por venta de acciones
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Compensar pérdidas por venta de acciones
#1

Compensar pérdidas por venta de acciones

Hola a tod@s, tengo una duda y es la siguiente:

Un familiar vendió unas acciones con su correspondiente perdida patrimonial. Si ahora vende otro valor, ¿puede compensar con dichas perdidas?.

Digo esto porque vendió en San Sebastián y ahora vive en Madrid y la fiscalidad en el País Vasco es diferente al resto de autonomías; de hecho el programa para hacer la declaración es diferente (no se si en la página de hacienda estatal aparecerá dicha perdida).

Muchas gracias anticipadas y saludos

#2

Re: Compensar pérdidas por venta de acciones

Buenas.

Asumiendo que se trata de acciones cotizadas en un mercado regulado (la Bolsa de toda la vida), asumiendo que no hay recompra de acciones del mismo valor en los 2 meses anteriores ni posteriores a la venta que generó las pérdidas (cuando hay recompra el tratamiento es más complejo), asumiendo que la venta que dió pérdidas ocurrió en 2018 y también la venta que dió ganancias, asumiendo que las acciones se adquirieron con posterioridad a 199x (no recuerdo el año exacto, pero almenos antes las compradas antes de 1994 tenían un tratamiento diferente), y sin tener en cuenta cómo influyen todas las demás rentas, retenciones, deducciones y demás, entonces sí, puede compensar pérdidas de la venta de unas acciones con las ganancias por la venta de otras acciones.

La finalidad es pagar menos impuestos, así que si un año se han generado muchos ingresos por los que nos tocaría pagar mucho impuesto, y además tenemos acciones con pérdidas enormes, suele ser buena idea vender esas acciones ruinosas y así almenos pagamos menos IRPF.

Pero lo mejor es que use un simulador de la Renta con los datos exactos, como el que está enlazado en https://www.agenciatributaria.es/AEAT.internet/Renta.shtml

Slds.

#3

Re: Compensar pérdidas por venta de acciones

Muchas gracias Lafargue por tu respuesta.

Y como justificar ante la Agencia Tributaria de Madrid que el año anterior tuvo dichas pérdidas?.

Logicamente a ellos no les constará el dato.

Lo único que se me ocurre es presentar la declaración en la que aparece la cantidad.

Un saludo