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Fiscalidad Degiro

1 respuesta
Fiscalidad Degiro
Fiscalidad Degiro
#1

Fiscalidad Degiro

Buenas. Tengo pensado practicar trading tal vez en 1-2 años, pero quiero ir teniendo las ideas clarar: ahora mismo tengo una cuenta en ClickTrade para practicar buy and hold, con el objetivo de facilitarme la fiscalidad en España, ya que estoy dispuesto a pagar los 8 euros de comisión para operaciones pequeñas a cambio de esta facilidad. No obstante, para practicar trading estaba pensando en abrir una cuenta en Degiro por las comisiones tan bajas a costa de la dificultad fiscal. Como buen principiante que soy, desconozco qué debo hacer exactamente:
 - El modelo D6 se rellena con las acciones que tenga a día 31 de diciembre, o con los que he operado a lo largo del año? Según he leído, Degiro facilita un informe a final de año, este informe es para rellenar el modelo D6. Si cada año todas las acciones que tuviese durante el curso son vendidas antes del 31 de diciembre, entonces no haría falta rellenar este modelo? Cabe destacar que Degiro, según reportes de clientes de este broker, a veces no envían los datos correctamente. Podría ser un gran inconveniente?
- Alguna sugerencia o aspecto que debería tener en cuenta con respecto a la fiscalidad? Teniendo en cuenta que en Degiro operaría solo con acciones españolas y no cobraría dividendos.

Gracias de antemano.
#2

Re: Fiscalidad Degiro

Sobre el Modelo D-6 y Degiro en este artículo tienes como rellenarlo y la explicación: 

El resumen ahora mismo es que debe presentarse aunque vendas las acciones a 31 de diciembre ya que el dinero va a los fondos monetarios de Degiro y esto se considera un activo. Si con la integración de Flatex el dinero pasa a liquidez en un banco no habría que presentar el D6 sino tienes posiciones abiertas. 

En cuanto a los datos que pasa Degiro hay que meterlos a mano en Hacienda y el mayor problema suelen ser los cambios de divisas reportados en el informe. Degiro no envía la información a Hacienda por lo que el que tiene que tener la documentación clara en caso de inspección de la agencia tributaria es el usuario.