Pues claro que no es legal, en USA ni por asomo, en Europa, la ESMA ya en 2019 limitó el apalancamiento de los pequeños inversores a 30 veces (invertir por 300 euros con 10 euros), y este nivel es solo para las divisas más estables, como el dólar estadounidense, el euro, el yen, la libra, el dólar canadiense y el franco suizo etc.
En el resto de las divisas, en el oro y en un puñado de índices bursátiles –el FTSE 100, el Cac 40, el Dax 30, el Dow Jones, el S&P 500, el Nasdaq, el Nasdaq 100, el Nikkei, el australiano ASX 200 y el Euro Stoxx 50– el umbral máximo baja a 20 veces. Es decir, apostar por 200 euros con 10.
El límite de apalancamiento se reduce a 10 veces en otras materias primas distintas al oro, como el petróleo, el gas, la plata, y los índices de Bolsas diferentes a los mencionados. Es decir, los CFD sobre el Ibex se comercializarán con un préstamo máximo de 10 euros por cada uno que tenga el cliente. El nivel de apalancamiento de cinco veces será el estándar para los valores de Bolsa de forma individual y cualquier otro activo subyacente no mencionado.
El nivel más restrictivo, de DOS VECES (se puede apostar por dos euros con uno), se aplica a las criptomonedas. Aquí, la estrella es el bitcóin, pero también caen bajo el control de la norma otros activos, como el Ethereum, el dash, el ripple o el litecóin.
Pérdidas limitadas
Una de las grandes novedades de la regulación de ESMA, que estrena los poderes de prohibición de productos que le otorga la segunda edición de la directiva Mifid para que los mercados funcionen mejor, es que las pérdidas que los minoristas pueden registrar queden limitadas al importe invertido
Así, los intermediarios deberán cerrar uno o varios CFD cuando las garantías necesarias caigan por debajo del 50% del importe de la garantía inicial para los CFD abiertos. Hasta ahora, cada bróker aplicaba sus propios controles y en muchos casos no cerraban posiciones hasta que se habían consumido todas las garantías con las que contaba el cliente.
Resumiendo ES ILEGAL, al igual, los que ofrecen señales, o productos filiación, bonificación etc.
El Sr Martin, no creo que tenga residencia fiscal en España, e igualmente, esos brokers, exchanges, etc etc, no pueden ofrecer esos productos en Europa.
Pero claro, si estas domiciliado en las chimbabas, esto es imposible perseguir, eso si, al que estafen, que luego no vaya a la autoridad penal española, que poco podrá hacer.