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PRIMER EPISODIO.
Hoy mismo me he personado en el Santander y he realizado la pregunta al Subdirector y luego a la Directora. Los dos, por separado, me han ASEGURADO que no había ningún problema, que EVIDENTEMENTE si eran cuentas de valores distintas, cómo iba hacienda a pensar que se habían vendido las primeras... y que de FIFO nada de nada, que eso solo se aplica cuando haces varias compras en una MISMA cuenta de valores. Me han tomado por TONTO y me han dado un montón de argumentos lógicos que reforzaban su elaborada teoría.
SEGUNDO EPISODIO.
Ante mi insistencia en que no lo acababa de ver claro y que a la misma pregunta en los foros de internet me respondían cosas distintas, el Subdirector me ha pedido el teléfono y me ha dicho que lo consultaría, supongo que a sus expertos en fiscalidad, y que ya me llamaría, pero que vamos, que la respuesta sería la MISMA.
TERCER EPISODIO.
A la media hora de dejar la oficina me llama y me dice que resulta que ya puedo hacer las virguerías que quiera que lo que hacienda aplica es el FIFO. Da igual que las ventas las haga en otras cuentas de valores, da igual que las haga en otras entidades financieras, SIEMPRE SE VALORARÁ POR FIFO. O sea, que aunque nos la repatee y nos fastidie, la norma a aplicar es FIFO. Como es natural le he pasado el recado de que informara bien a la Directora de la oficina sobre el resultado a mi pregunta. No entiendo porque aseguran las cosas, cuando no tienen ni idea.
CONCLUSIÓN.
Quizás mañana llame a hacienda para confirmar la información, pero me parece que ya está más que clara la respuesta. También he dirigido la pregunta al foro de fiscalidad tal y como me ha recomendado uno de los foreros de la discusión. Recomiendo encarecidamente que miréis las respuestas del hilo en
https://www.rankia.com/foros/fiscalidad/temas/596079-hacienda-2-cuentas-valores-misma-entidad
Os va a aclarar las dudas.
Un saludo a todos.