Lo que dice ING sobre el tema que nos ocupa:
5.7. ING DIRECT podrá solicitar a los Intervinientes en una cuenta la justificación del origen de los fondos existentes o de determinados movimientos realizados en la misma cuando considere que existen indicios de blanqueo de capitales. En el caso de que los Intervinientes no aporten evidencias suficientes que demuestren fehacientemente a ING DIRECT el origen de dichos fondos o la justificación de los movimientos requeridos, ING DIRECT podrá proceder al bloqueo de la cuenta de manera cautelar hasta la entrega de la información requerida, informando del citado bloqueo con carácter previo o tan pronto como sea posible una vez realizado el mismo, a menos que la comunicación resulte comprometida por razones de seguridad objetivamente justificadas o sea contraria a la normativa vigente. Además, según la normativa vigente, todas aquellas personas físicas o jurídicas que realicen un movimiento de efectivo, con las siguientes características, deberán acompañarlo de la Declaración S-1 (dicha declaración se realizará, siempre, previa al movimiento). Los movimientos de efectivo sujetos a ir acompañados por la mencionada declaración son: - Movimientos mayores o iguales a 100.000 euros (dentro del territorio nacional), y/o - Movimientos mayores o iguales a 10.000 euros (con salida al extranjero). En el caso de las disposiciones de efectivo, ING DIRECT, podrá diligenciarle la declaración S-1, para que acompañe el dinero retirado en uno de los cajeros de ING DIRECT, y en el caso de los ingresos de efectivo que realice en su cuenta, tendrá que presentar el S-1 correspondiente a cualquiera de los gestores de las oficinas.
Sobre lo copiado, me queda claro cuál es el protocolo de actuación de este banco : el que le sale del bolo.