Drufan, creo que no es exactamente como lo explicas.
- orden a mercado: correcto.
- orden limitada: poner un precio de compra que sea como máximo el precio por el que se te venda. ejem. quiero comprar 1000 acciones con un prcio máximo de 20 euros. Te pueden vender a 20 euros, a 10 euros, a 15,87 euros o a calqueira siempre que sea igual o menor de 20 euros.
Por el lado contarrio, poner orden limitada de venta sería poner un precio mínimo por el cual no estás dispuesto a vender. Ejemplo: vendo mis 1000 acciones como mínimo a 8 euros. Te las van a vender a 8 euros o a superior.
Las ódenes limitadas, en valores líquidos ( que tienen movimiento suficiete de acciones ) se ejecutan de inmediato, salvo que el precio límite de compra sea inferior a la cotización ( que esté cotizando a 10 euros y tú pongas comprar a máximo 9,5 euros ) o que el precio límite de venta sea superior al precio de cotización.
- orden stop loss: stop loss es cortar las pérdidas y es que se pone una orden diciendo: " si la cotización llega a 10 euros, que la orden de venta vaya al mercado y se ejecute ". Podría estar durante año sin que la cotización llegase a ese precio puesto, por loq ue no se ejecutaría nunca.
además, también hay órdenes de compra con precio tasado: es decir, si la cotización llega a 30 euros, quiero comprar tantas acciones. en este caso, hasta que no lelgue a ese precio no se ejecuta la orden.
Más o menos esto diría yo. Si estoy equivocado, que cualquiera me corrija...
Un saludo.
Txipiron.