Yo la he enviado, pero antes envié un mail al abogado con una serie de preguntas. Os lo copio:
"Una vez analizados los distintos correos electrónicos recibidos y sin perjuicio que estos mismos comentarios se pondrán de manifiesto en el Twitter, indicar lo siguiente:
1. Hay dos supuestos claros:
(i)Adquisiciones de acciones efectuadas antes del 1 de julio de 2.014, fecha en la que se produce el Informe de Gotham y el desmentido de Gowex.
(ii)Adquisiciones de acciones posteriores al 1 de julio de 2.013, fecha en la que GOWEX desmiente la información facilitada por Gotham acerca de las cuentas anuales
En ambos casos hay protección, caben diferentes acciones, por cuanto el engaño es el mismo, idéntica base, unas Cuentas falseadas, manipuladas, maquilladas, que hacen creer en los inversores en una empresa sólida, cuando ello era falso desde el inicio, según ha reconocido el Presidente del Consejo de Administración y Consejero Delegado, Jenaro García, si bien en el segundo caso, se agrava el engaño, dado lo falaz del desmentido, que luego que difuminado por la confesión de Jenaro García
Por tanto, cabe la adhesión a la reclamación, tratándose de un supuesto protegido. Las consecuencias y efectos se están estudiando, así como las reclamaciones a efectuar y la sede o sedes donde se van a presentar.
Hay casos en que concurren ambos supuestos (i) y (ii).
2.- El valor será a la fecha de la suspensión de la cotización, el 3 de julio de 2.014. Tenemos que tener la información del valor de compra para determinar la pérdida. POR TANTO, DEBE DE CONSIGNARSE EN EL DOCUMENTOS DE ADHESION LOS VALORES Y FECHAS DE COMPRA Y EL VALOR AL DIA DE LA SUSPENSIÓN, 3 DE JULIO DE 2.014. Por tanto estos datos deben de añadirse al documento de adhesión y luego deberán ser remitidos, más adelante, en pdf.
3.- La nulidad de las operaciones no determinaría la devolución del valor de las mismas, sino dentro del procedimiento concursal de Gowex. Hay que estudiar otras vías. Es una posibilidad más.
4.- Inicialmente los responsables son Jenaro García Martín, los consejeros de Gowex que no hayan salvado su voto, el asesor registrado que es Ernst & Young, la Auditora M&A y BME-MAB-SMN
5.- El coste de las actuaciones se dará a conocer para su aceptación o no por los afectados pero se tendrá en cuenta el número de afectados y las actuaciones a realizar, de forma que no habrá actuación alguna sin aceptación del presupuesto, a través de la plataforma, como lo corrobora el hecho de que tendrán que enviarse los poderes para poder actuar ante los Juzgados y Tribunales. Si no se está de acuerdo, no se acepta y no se envía el poder.
6.-La firma en el Documento de Adhesión, solo sirve para constatar cuantas personas están interesadas, no obliga a nada, solo lo hará la aceptación del presupuesto y envió del poder para pleitos.
7.-Los Documentos de Adhesión deber enviarse a [email protected]. Ellos serán los encargados de hacernos llegar todas las adhesiones
8- Para facilitar un canal de comunicación claro, directo y único entre los afectados y los despachos de abogados responsables, se utilizará la plataforma “ @estafadosgowex”. En ella podremos en común todas las decisiones y líneas de actuación que entendemos son las más convenientes para todos los afectados.
También he enviado la documentación a ASINVER y cuando sepa los honorarios y el plan, ya decidiré. En principio ninguna de las 2 te compromete a nada.