No, me he dado cuenta de lo que te he preguntado cuando tenía la boca llena de cereales, ;-)
A ver, lo que quería preguntar es -dentro del período de negociación del 17 al 31 de Octubre, hay un día clave: el 26. El 26 es el último día para solicitar la retribución en efectivo por los derechos que te correspondieron en el record date, qué cursi me suena.
Pero, ¿qué ocurre a los derechos que compras a partir de esa fecha?; es decir, entre el 26 y el 31 de Octubre, si has solicitado desde hace dos años, como es mi caso, la retribución en efectivo permanente. Se da la paradoja, que si los compro después del día 26, ya habrá pasado el último día para solicitar la retribución en efectivo, con lo cuál, me deberían dar acciones, ¿no?
Y ahora, ya rizando el rizo, por haber firmado el susodicho documento, de estas "nuevas" acciones, en el próximo dividendo, si es que existe, deberían volver a abonarme el dividendo en efectivo por los derechos que me correspondieran, ¿es así?
Ésa era mi pregunta. Obviamente si se había acabado el período de negociación, no se pueden seguir negociando. Oye, que yo hasta las 9 de la mañana no soy persona, jajajaaa
Un saludo
P.D.: Y ayer, que tuve un mal día en todos los sentidos, se me olvidó decirte que no me has ofendido en absoluto. Ayer se disculparon conmigo cuatro foreros, así que he llegado a la conclusión de que estuve muy borde con todo el mundo y sospechásteis que me habíais molestado. No, para nada. Mea culpa. También las guapas tenemos malos días ;-)
Si un amigo es de verdad, su amistad perdura en el tiempo y con la distancia.