Creo que esto ya lo expliqué en un comentario anterior.
Teoricamente, el precio de las acciones que recibes es CERO, puesto que la compra de acciones anterior a la que están vinculadas no varía. Es decir, el importe de la compra se queda igual, no obstante, cuando las vendas, venderás más acciones y, teoricamente, obtendrás más importe. Ese posible sobreimporte recibido, irá como plusvalía cuando corresponda.
De hecho, en el supuesto caso de que pudieses vender solo las acciones de la ampliación (cosa que no es posible por la norma FIFO), recibirías el importe de mercado por esas acciones. Es decir, el coste sería CERO, pero la plusvalía sería la cantidad recibida.
Esto ha sucedido antes. Exactamente cuando TELEFONICA repartió a sus accionistas acciones (valga la redundancia) de ANTENA 3 ¿alguien lo recuerda?. Los que recibieron aquellas acciones y las vendieron tuvieron que declarar todo el importe recibido como plusvalía ya que no había importe de compra. No es un caso igual, porque no hay vinculación, pero para que se entienda el ejemplo, creo que es válido.
Suerte a todos.
no desaparece lo que muere, desaparece lo que se olvida