Hola.
La cuestión aquí es que yo no me tengo que atener a lo que en la web de isantander hayan escrito el día de hoy o el día de ayer. Quizá esa aclaración que han escrito hoy o ayer se refleje en los documentos de información precontractual y en los de los contratos de los idepósitos futuros, pero cuando yo contraté mis idepósitos, hace semanas y meses, lo que venía en esos documentos era otra cosa.
Tengo guardados en PDF los documentos de información precontractual que puedes visualizar y guardar como PDF antes de formalizar cada depósito, de los depósitos que he contratado en los últimos meses.
Y también tengo guardados en PDF los documentos de los contratos que puedes visualizar y guardar como PDF una vez que ya has formalizado el depósito.
Y en todos esos documentos contractuales lo que se dice es una cosa distinta a lo que desde hoy o ayer dicen en la web de isantander. En esos documentos contractuales se dice que si el saldo en el mes anterior al vencimiento de los depósitos, si ese saldo es superior al saldo medio de enero del 2013, se remunerará al 2% TODO el dinero puesto en el depósito. No el dinero que incremente el saldo, sino TODO el dinero. Eso es lo que viene escrito bien claro en todos los documentos (PDF) de información precontactual y de contratos formalizados de todos los idepósitos que he formalizado desde diciembre pasado.
Y yo no tengo por qué atenerme a lo que desde hoy o ayer digan en su web, yo me atengo a la información precontractual que leí antes de formalizar cada idepósito y a los contratos que te permiten visualizar y descargar después de formalizar esos idepósitos. En esos documentos no dicen lo que desde hoy o ayer dice la web de isantander. Dicen que se remunerará al 2% TODO el dinero puesto en el idepósito, no únicamente la parte del dinero que incremente el saldo medio de enero del 2013. La condición en los contratos es que si se incrementa el saldo respecto a enero del 2013, se remunerará al 2% TODO el dinero puesto en el idepósito.
Si han cambiado las condiciones, que las cambien para los futuros depósitos (y que lo reflejen bien en los PDFs de información precontractual y de contratos formalizados de los futuros depósitos). A mí no me tienen por qué cambiar lo que yo leí bien clarito en todos los documentos que he leído de todos los idepósitos que he formalizado desde diciembre.