Re: ¿Si el dinero pasa de una cuenta que esta a nombre de mi madre a otra al mío que consecuencias ante hacienda?
Ok, así lo haré.
Ok, así lo haré.
Dado que haces declaración conjunta, es muy difícil que vayas a tener problemas por lo que yo en tu caso lo dejaría como está. Y en el caso de que los tengas, no has cometido ninguna irregularidad.
Puedes preguntar de todas formas si hay posibilidad en ING de añadir titulares.
Y por supuesto que si vas a abrir una cuenta nueva, hacerla con dos titulares.
Saludos.
Buenas,es un tema muy comun y mas serio de lo que parece, hay mucha gente con esas dudas yo soy uno de ellos.Me fastidia muchisimo, un dinero que han ahorrado nuestros padres a base de mucho sacrificio,que por querer darselo a sus hijos, que meta la mano hacienda tambien como si no pagaramos bastante ya.Saludos
Si tienes dinero y eres importante no se meten contigo, pero con las personas normales que trabajamos por un sueldo que nos llega para vivir y gracias, a esos si que hacienda nos mira con lupa y hace lo imposible por sacar tajada de cualquier movimiento.
Mi mujer y yo tenemos separación de bienes. Ella es extranjera, y va a su país una vez al año. Cuando viene, podría yo donarle 9.999€ en mano, y ella ingresarlo en una cuenta suya, alegando que lo ha traido de su país (fuera de la zona euro). En aduana no es necesario declarar por debajo de 10.000€ , así que pienso, que podría hacer esa jugada sin problemas. Pero no lo sé seguro.
El problema es que los politicos de izquierdas estan muy a favor de poner impuestos de este tipo.
En cataluña ERC se empeño en restaurar el impuesto de sucesiones.
Yo te recomendaría que antes de meterte en "jugadas" echaras cuentas de lo que tocaría pagar.
Como hemos comentado ya, cada comunidad autónoma tiene su criterio en cuanto a bonificaciones y podrías salir beneficiado.
En el supuesto de que Hacienda pidiera a tu mujer que justificara el origen de los 10.000 € dudo que bastara con "alegar que lo ha traído de su país" sin aportar documentación que lo avale.
Saludos,
Val
Te esbozo grosso modo cómo sería el asunto en Madrid para una donación de 10.000 € (si no han cambiado mucho las cosas).
- Hasta 7993 € la cuota íntegra es de 611 €
- Los restantes 2007 € tributan al 8,5%, unos 170 €
- El total de la cuota, 611 + 170 = 781 €
- El cónyuge está en el grupo II por lo que el factor multiplicador es 1.0.
- La bonificación es del 99% entre cónyuges, 773 €
- Total a pagar por el impuesto 781 - 773 = 8 €
- Para acogerse a la bonificación hace falta escriturar, por lo que habrá que sumar la minuta del notario (notable variación de uno a otro).
Saludos,
Val