El problema está en cómo declarar los vencidos. Poner que vencen 3 depósitos con la misma identificación que fueron dados de alta agrupados, estaría mal. Hay que intentar que las cancelaciones sean iguales a las altas. Hacienda sólo tiene un registro de alta y no puedes declarar ahora 3 bajas del mismo IBAN y en años venideros seguir declarando más bajas.
Si tienes por ejemplo 10 imposiciones en Sistema todas declaradas de alta a la vez con el mismo IBAN y ahora te han vencido sólo 3 de ellas, yo lo interpretaría como que no es una cancelación hasta que venza la última imposición. Interpretaría que no estás obligado a presentar el 720 por esos vencimientos ya que ese registro del 720 sigue abierto.
Si estás obligado por otros motivos o aun sin estar obligado por ninguno, presentaría poniendo "M" pero actualizando los saldos a una menor cuantía según las imposiciones vencidas. Digamos que es como si hicieras cancelaciones parciales de un depósito o imposición en Pibank. El depo sigue abierto pero con menor saldo.
Todo esto te lo digo sin una certeza. Convendría preguntar al mismo gestor aunque no le dejaría que me hiciera de nuevo el 720 o irte a otro gestor.
A ver si alguien más opina porque de este caso creo que no hay muchos antecedentes.
Tabla completa Depósitos Monillo https://acortar.link/CvLJ4L Agradece con 👍