Re: Rellenando el Modelo 720
Yo creo que no estais obligados. En cualquier caso deberias consultarlo en Hacienda.
Yo creo que no estais obligados. En cualquier caso deberias consultarlo en Hacienda.
No... en vuestro caso podríais tener 50.000€ cada uno y ninguno estaría obligado a hacer la declaración de bienes en el extranjero.
Para el cálculo de la cifra se toma el saldo medio del último trimestre... a todo el que le salga un importe superior de los 50k (aunque sea por 1 cént.) tendrá que presentar el Mod.720
Muchas gracias a los dos, por las respuestas.
Saludos
Hola Juanoky, a ver si me puedes responder, si una cuenta bancaria cambia su numeración, sean cuáles sean las razones por lo que lo hace la entidad, supongo que habrá que declarar tal cambio en el modelo 720 del año siguiente, sin haber cambio significativo en el saldo.?????
Tengo la Revolut, y esta fintech da dos números : un IBAN Y su BIC, GB, de Gran Bretaña; y otro número, el sort code; este número se utiliza para cobrar el salario y pagar facturas y esta en libas esterlinas . Pues bien, este sort code lo han cambiado en mayo del 2019 ( el iban sigue igual). Entiendo que debo dar cuenta de ello el próximo año. Cuando rellené el modelo, pensé no incluir tal sort code, porque con el IBAN bastaría, pero si hay DOS cuentas en una....pues cuanta más información se de a hacienda, mejor. Y ahora estos british van y lo cambian....hay que fastidiarse! !!!!!!
No pensaba aumentar fondos fuera, pero si debo volver a declararlo, pues ya de puestos. ...
A decir verdad, si se les ocurre a los bancos cobrarnos por los depósitos, habrá que posicionarse. Valgame dios! !!!!
saludos
Pues desconozco ese aspecto que me preguntás... Quien más sabe sobre temas del Mod.720 es el forero josegaliza, a ver si él te pude ayudar.
De todas maneras si en este año vas a aumentar posiciones en el extranjero pues aprovechas actualizas el dato y tema solventado.
Yo espero y deseo que sea un globo sonda esto de que los bancos vayan a meternos comisiones por tener nuestros ahorros... sería algo demencial. Llegados el caso ya pueden contar que un servidor acometerá todos los medios necesarios para evitar tal atropello.
SalU2
Por cierto, en caso de que abra este año una nueva cuenta en el exterior, ¿ sigue vigente el No tener que declararla, siempre y cuando no sobrepase en 20.000 € respecto al saldo del año anterior y en su totalidad No llegue a los 50.000 € en el exterior ?
Cómo si abres catorce cuentas más en el extranjero... Mientras en conjunto no sobrepases los 50k no tienes que cumplimentar la declaración de bienes.
SalU2