Una apreciación más se me ocurre, por si alguien desea opinar. Se agradecerá.
Las acciones de ETF y las participaciones de fondos de inversión que se compran en Interactive Brokers se registran, hasta donde sé, en "cuentas ómnibus". Aparte está el registro interno para cada cliente en las "subcuentas" de Interactive Brokers.
A efectos de la declaración del modelo 720 por esas posiciones en Interactive Brokers ( cuando superen los 50.000 euros ), lo que realmente estamos informando es de nuestras posiciones en el bróker pero de unos títulos que están a nombre del bróker.
Dicho de otra manera : ¿ las cuentas ómnibus de los brókeres extranjeros ( que obviamente están a nombre del bróker extranjero que sea ) deberían ser consideradas bienes y derechos en el extranjero ?
A ver, mejor que la respuesta sea sí, porque los títulos son nuestros. Pero lo que subyace me parece una contradicción ( cuentas ómnibus a nombre de brókeres informadas en el modelo 720 por nosotros como personas físicas )
Gracias y saludos,