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Rellenando el Modelo 720

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Rellenando el Modelo 720
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Rellenando el Modelo 720
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#673

Re: Rellenando el Modelo 720

pensaba, que se presentaba a partir de 50000, si en una cuenta con dos titulares hay 90000, entre dos a 45000 por titular, no habría obligación de presentarlo; en caso de no presentación hay cual sería la sanción, gracias
#674

Re: Rellenando el Modelo 720

Si los dos sois titulares formales de la cuenta,ambos debeis declarar por la totalidad del saldo,indicando en el porcentaje de titularidad de cada uno 50%. Incluso en el supuesto de que solamente uno de los cónyuges sea titular formal de la cuenta,el otro también está obligado a presentar la declaración como titular real. Así lo determina la Agencia Tributaria:
Pregunta 12: Si un bien o derecho que deba ser objeto de declaración es “ganancial”, y solamente consta como titular formal del mismo uno de los cónyuges, ¿existe obligación de declaración del otro cónyuge?
Respuesta: Cuando la titularidad formal de un bien o derecho ganancial corresponde a uno de los cónyuges, ambos cónyuges (si están dentro del ámbito subjetivo de la obligación) tienen obligación de presentar la declaración.
El cónyuge que no es titular formal deberá declarar como titular real de acuerdo con el artículo 4.2 de la Ley 10/2010 de 28 de abril de 2010, de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo.

#675

Re: Rellenando el Modelo 720

Buenas,

si tengo saldo 0 en una cuenta... cómo se añade al modelo? No hay forma de poner 0 (0,0 o 0,00). En todos los casos se cancela y aparece nulo.
#676

Re: Rellenando el Modelo 720

Se deja en blanco o nulo como dices. Eso significa que es 0.
#677

Re: Rellenando el Modelo 720

Muchas gracias! 
#678

Re: Rellenando el Modelo 720

He llamado a Hacienda y me dicen que con el tema del Covid se ha prorrogado el plazo voluntario de presentación a Abril. Así que todo resuelto. Estamos a tiempo. Se puede hacer una complementaria o volver a hacer la declaración.
#679

Re: Rellenando el Modelo 720

Buenas. El pasado 2019 se canceló una cuenta en extranjero declarada (modelo 720) años atrás. El dinero de esa cuenta se retiró en efectivo en ese país y no volverá a ser reinvertido en cuentas, ya que permanece en una caja privada.
En la correspondiente declaración de este año, se ha indicado la fecha de cancelación y el saldo a día de cancelación (es decir, el importe que se retiró ese día). ¿Es correcto? Me queda la duda de si se debería haber declarado saldo 0.
#680

Re: Rellenando el Modelo 720

Hola, también tuve esa duda; en mi caso el dinero se retiró por transferencia días antes de la cancelación de la cuenta. Pregunté en hacienda y me dijeron que consignara el saldo último que hubo en cuenta. En el tutorial que hay en Youtube sobre cómo rellenar el modelo, cuando cancela una cuenta, siempre pone una cifra, nunca 0.                                                                                                                                                                                                                                                                                            Un saludo