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Rellenando el Modelo 720

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Rellenando el Modelo 720
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Rellenando el Modelo 720
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#745

Re: Rellenando el Modelo 720

Me surge una duda:

El año pasado fue el primer año que rellené el 720. Este año el segundo año.
Hay depósitos que me han vencido y por tanto he tenido que poner opción C de extinción y claro poner el valor a fecha del cierre de extinción (que es la misma casilla que 31 de diciembre, fecha de extinción o valor de adquisición)
Ese dinero lo he utilizado después para abrir después otro depósito del mismo importe.

Pero si os fijáis en el modelo 720, primera hoja donde se indica la suma de todos los valores a 31 de diciembre y todos los valores medios de último trimestre, aparece más dinero del que tengo en la casilla 31 diciembre (debido a que suma también lo extinguido).

Es decir al extinguir y poner fecha, y valor en extinción, pongamos un ejemplo: 15.000€ (valor a extinción); si luego yo utilizo esos 15.000€ para otro depósito, entonces el valor total a 31 de diciembre  para el segundo depósito sería de 15000€ también) en total en la primera hoja del 720sería de 30.000€ (ya que es la misma casilla para 31 de diciembre como para depósitos a extinción).
No hay tres casillas que diferencie: extinción, valor a 31 de diciembre, y valor medio último trimestre.

NO lo veo nada claro esto.
¿Entiendo que es así verdad? Sino corregidme.
Así para hacienda el valor que tienes a 31 de diciembre es de 30.000€ y en verdad solo tienes 15.000€ (que te ha vencido de un depósito y que lo has puesto en otro).

#746

Re: Rellenando el Modelo 720

Cuando un depósito se ha cancelado, debes poner C en el apartado correspondiente, ( A, M y C), Entonces debes consignar la fecha de cierre ( bendito sea que en un depo sí lo sabemos, no como con la cuenta extinta de Keytrade...), y no el saldo medio ni el del 31, algo innecesario puesto que el depo ya no existe.
Si luego abriste con ese dinero, otro depósito nuevo, pues el saldo igual, pues ese dinero " sigue" en el extranjero.
Yo estoy pensano en hacerlo ya, sin esperar a lo que Riasin diga que será más bien poco: que no asesoran fiscalmente y después de ponernos la cuenta de Raisin Bank con el inicio de la Keytrade...
#747

Re: Rellenando el Modelo 720

Lo que te comentaba es que aunque pongas C como extinción, y además la fecha de extinción, solo rellenas la casilla de saldo a  31 de diciembre ( que es la misma que en caso de extinción).
De esa forma cuando ves la primera pantalla del 720 donde te aparece todo el dinero que está en el extranjero, en verdad no tienes lo extinguido y lo el depósito que abres nuevo con ese dinero, sino solamente una vez el dinero, aunque el programa lo suma dos veces, ya que como digo es la misma casilla.
Yo les he mandado un email que espero contesten, pero mientras lo rellenaré por si acaso que no puedo estar esperando a ver que dicen.
#748

Re: Rellenando el Modelo 720

Hola, yo me pondré esta tarde a ello, tranquilamente. No estoy dispuesta a esperar más.
En fecha extinción de Keytrade, pondrñé la que viene en el documento enviado; fecha de alta en Raisin Bank AG, el 28 de mayo, que claramente y en negrita viene en el documento en ALEMÁN.
Creo que ya me sé de memoria las calles-raras- de las entidades y los códigos postales. 
#749

Re: Rellenando el Modelo 720

Solo pondrás para Keytrade la cantidad que te mandaron a la cuenta asociada como cantidad a extinción?
Yo haré lo mismo:

Fecha de cierre cuenta: 10/6/2020 y valor (cantidad) a extinción el que me dieron en cuenta asociada.
Luego la de rasin bank, en el informe que han mandado pone fecha de apertura (el que tenías como apertura de KEYTRADE), pondré 28/5/2020.
Si dan alguna indicación bien, sino pondré eso.

#750

Re: Rellenando el Modelo 720

Yo esperaré esta semana y si no recibo la información, el próximo fin de semana haré el modelo 720. Nunca he esperado pero este año quiero saber la fecha exacta de cierre de la cuenta. 

Saludos
#751

Re: Rellenando el Modelo 720

Me surge una duda respecto a la presentación del modelo 720 para el año 2020. Este será el tercer año consecutivo que lo haga.
 
Tuve que presentarlo para el año 2018 a causa de que no sabía que Younited Credit devengaba anualmente los intereses, lo cual me hizo superar por poco los 50.000 €. Ese año lo incluí todo como alta, excepto unos depósitos contratados en 2017 y que me vencieron en 2018, que no había tenido que declarar anteriormente.
 
En 2019 contraté varios depósitos y el incremento de importe superó los 20.000 €. Estuve leyendo varias opiniones y, como no había consenso en cuanto a la manera más correcta de proceder, opté por incluir en la declaración tanto las cuentas y depósitos antiguos (con M) como los nuevos (con A).
 
En 2020 no contraté ningún nuevo depósito, me venció un depósito declarado anteriormente y también se produjo el cambio de cuenta de Keytrade Bank a Raisin Bank. Si no me equivoco, ambos motivos obligan a presentar el modelo 720. Tenía pensado importar la declaración del año pasado y mantenerlo todo, haciendo los ajustes necesarios (además del alta de cuenta y la baja del depósito y la cuenta, actualizar los importes de otra cuenta de Nationale Nederlanden y del depósito de Younited Credit). Lógicamente, casi todos los registros quedarían con M (bien o derecho que ya ha sido declarado en años anteriores).

Y hasta 2024 tengo vencimientos de depósitos todos los años, por lo que deberé seguir presentando el maldito modelo 720, mientras no se dignen a suprimirlo.
 
Considero que, ante la obligatoriedad de presentarlo, si lo incluyo todo quedan más claras mis posiciones en el extranjero (no quiero ocultar nada) y, además, entiendo que no debería ser un problema proporcionar información que quizás no sea necesaria, pero no sé si se podría llegar a considerar un error declarar algo innecesario. Con las sanciones tan elevadas que prevé la ley, prefiero consultar opiniones antes de tomar una decisión.

Agradecería vuestros comentarios al respecto.
#752

Re: Rellenando el Modelo 720

La duda que tienes la he tenido yo también: que al declarar por tener depósitos o cuentas extintas, haya que actualizar otros cuya subida por sí sola no hubiera necesitado declaración.
Creo que si has de declarar, la foto será de todo lo que tengas en el extranjero a 31 2020.
Espero que no haya cambios de cuentas por parte de raisin, porque yo voy a tirarme a plazos largos para evitar este engorro, y de paso obtener más interés.
Un saludo