Hacienda podrá embargar depósitos bancarios por Internet a partir de octubre
Hacienda podrá embargar depósitos bancarios por Internet a partir de octubre
http://www.expansion.com/economia/2016/03/22/56f18a04ca4741c1028b4657.html
Hacienda podrá embargar depósitos bancarios por Internet a partir de octubre
http://www.expansion.com/economia/2016/03/22/56f18a04ca4741c1028b4657.html
Yo pensaba que ya lo estaban haciendo anteriormente.
Todo lo que sea evitar que paguen justos por pecadores, me parece bien.
Saludos,
Esto para los tontos de siempre, es decir, el populacho borrego
No acabo de ver bajo que circunstancias/casos estos de Haciendo pueden embargarte el deposito. Puede alguien explicarlo.
Saludos
Lo mismo digo, yo pensaba que esto era algo que ya se hacia desde hace tiempo.
Entonces solo pueden tocarte la cuenta principal? los depositos no pueden?
A que se refieren con deposito de internet? solo te pueden embargar lo contratado en oficina fisica?
no entiendo nada
No hay nada como leer el original:
https://www.boe.es/boe/dias/2016/03/22/pdfs/BOE-A-2016-2825.pdf
Un saludo.
Ahora aparte de cuentas corrientes también podrán meter mano a los depósitos y de una forma ágil vía internet... Bueno para quien no cumpla con sus obligaciones tributarias ya me parece bien. Sin embargo parece una fórmula destinada a pequeños ahorradores, porque para el resto de inversiones como fondos, SICAV's y cuentas de valores, o sea, donde muchos defraudadores, especuladores y empresarios de gran capital con embargos pendientes tienen su patrimonio... aquí la AEAT no mete mano.
un pequeño ahorrador también puede invertir en un fondo.
Claro, además esa inversión es perfectamente embargable, aunque todavía no se haga por Internet.
Pero me parece que Juanoky se refiere a las inversiones de los propios fondos, no de quienes invierten en fondos.
El silencio es hermoso cuando no es impuesto.
De poder se puede claro y de hecho muchos tenemos contratados fondos de inversión... pero a menor escala, el producto del pequeño ahorrador por antonomasia es el plazo fijo. Los grandes patrimonios están metidos fundamentalmente en SICAV's, fondos y en diversos valores.
Que yo sepa los depósitos y otros productos de ahorro/inversión no eran embargables de forma directa por las diversas administraciones... AEAT, ayuntamientos (multas), etc... solo podían meter mano a cuentas corrientes. Al resto (y como cualquier otro bien) el embargo solo podía efectuarse a través de orden judicial.
Esta es una buena inversión http://365ideasdenegocio.blogspot.com.es/2013/03/un-colchon-con-caja-fuerte.html
Para embargar depósitos, fondos, valores, etc, Hacienda no necesita ninguna orden judicial.
Esto dice la Ley que lo regula:
Artículo 171 Embargo de bienes o derechos en entidades de crédito o de depósito
1. Cuando la Administración tributaria tenga conocimiento de la existencia de fondos, valores, títulos u otros bienes entregados o confiados a una determinada oficina de una entidad de crédito u otra persona o entidad depositaria, podrá disponer su embargo en la cuantía que proceda. En la diligencia de embargo deberá identificarse el bien o derecho conocido por la Administración actuante, pero el embargo podrá extenderse, sin necesidad de identificación previa, al resto de los bienes o derechos existentes en dicha persona o entidad, dentro del ámbito estatal, autonómico o local que corresponda a la jurisdicción respectiva de cada Administración tributaria ordenante del embargo.
Si de la información suministrada por la persona o entidad depositaria en el momento del embargo se deduce que los fondos, valores, títulos u otros bienes existentes no son homogéneos o que su valor excede del importe señalado en el apartado 1 del artículo 169, se concretarán por el órgano competente los que hayan de quedar trabados.
El silencio es hermoso cuando no es impuesto.
pequeño ahorrador y defraudador de hacienda no cuadra mucho. la gente que pague sus multas al igual que hago yo y la gente decente.
Me quería referir a embargar una cuenta corriente de forma directa. Quiero decir que la AEAT enviaba una orden por vía telemática a la entidad y esta quedando ejecutada al momento, como hacen los ayuntamientos. En el resto de productos bancarios el proceso necesitaba de un tramite administrativo diferente. Esto es lo que me contaron los del banco.
Ahora con los depósitos podrán hacer lo mismo que con las c. corrientes.