Diculpa si hay lugar a mal interpretaciones, voy a volver a decir lo mismo con otras palabras.
El Consorcio se encarga de dirigir, administrar, las aseguradoras que entran en concurso o liquidación
El Consorcio se encarga de hacer el balance de activos de la entidad, realización de los mismos, recopilar y atender acreedores y en el último paso, el pago a los mismos.
Esto no significa que el Consorcio aporte dinero suyo para pagar a los acreedores, sino que con los activos que hay en la entidad quebrada liquidan a los acreedores en un porcentaje determinado por el Consorcio.
En definitiva, el Consorcio tiene el papel de liquidar y devolver el dinero a los acredores, pero en ningún caso pondrá dinero propio para indemnizar a los acreedores tal y como ocurre con el FGD.
El nivel de prelación que tiene un tomador de una póliza de seguros en muy alto en relación a otros posibles acreedores, por lo que la posiblidad de pérdida está algo más limitada
Si no te quedas conforme, puedes hacer la siguiente pregunta "por escrito" al consorcio. Importante de que sea por escrito porque te contestará alguien que sabe del tema al tener que firmar la contestación, en una consulta telefonica te contesta el que coge el telefono y muchas veces sabe más el que llama que el que responde.
La pregunta: En el supuesto de quiebra y liquidación de una Mutua, ¿el consorcio "garantiza" las provisiones matemáticas de un seguro de ahorro al igual que hace el FGD con los depositos de la banca?
Os dejo este link
http://www.elmundo.es/elmundo/2012/06/20/economia/1340218040.html donde se puede ver que se dice lo siguiente en la liquidación de la Mutua de los Deportistas.:
A partir de ahora,
el Consorcio de Compensación de Seguros será el que se haga cargo de la entidad, mientras se realiza el proceso de liquidación. Los planes del Gobierno
pasan por vender las pólizas de los deportistas a otras compañías aseguradoras interesadas y terminar la operación de liquidación en un plazo de dos meses.
Durante este periodo, las pólizas de los mutualistas de la compañía actualmente en vigor continuarán cubriendo con normalidad los accidentes que se produzcan, con los mismos derechos y obligaciones, hasta que se decida la cesión de la cartera.
No obstante, si los contratos en vigor no se cedieran a otra entidad, el Consorcio de Compensación de Seguros realizará la liquidación ordenada de la aseguradora, ofreciendo a los asegurados y demás acreedores un porcentaje de los importes adeudados que les corresponda.
Y dicho esto, no pongo en duda la solvencia de HNA. De hecho tengo conocidos que tienen bastaste dinero en la Mutua y yo mismo pondría dinero en el producto que se comenta, pero no esta asegurado al 100% en caso de quiebra de la misma.