El mensaje es tan “conciso” que la 1ª mitad la comprendo.
Aunque si lees entre líneas puedes observar que: “si abres el depósito en enero del 2023 y llega 2026” efectivamente son 12 trimestres o lo que es igual 3 años.
No pasa igual con la 2ª mitad.
Si te refieres a cancelar una IPF cancelable y a 5 años, cuando ha pasado ya un 95% de su periodo de vida, y tan solo queda un 5% para cumplir su vencimiento natural no tiene mucho sentido.
En el supuesto planteado anteriormente lo indicado es la anormalidad de que se cancele una IPF a su comienzo, y aún así tuvieses que devolver todos los supuestos intereses cobrados y no, hasta su final natural.