y en las preguntas frecuentes sobre el modelo 720 la Agencia Tributaria indica que si se cierra una cuenta/depósito sobre la que existió obligación de declarar en algún año, hay que presentar la declaración informativa cuando se cierre.
Y yo pregunto, si no se tuvo obligación de declarar una cuenta por no llegar a ese saldo de 50000€, en un ejercicio, pero al año siguiente sí se debe presentar el modelo 720, por haber incrementado posiciones y precisamente esa cuenta no declarada, resulta que expira, ¿ hay que declararla?
Es mi caso y no termino de verlo claro ( son tres depósitos abiertos en 2017), pues el saldo a 31-12 es cero, pero el saldo medio último trimestre no es cero.Desde luego que si lo pongo en la declaración, en la casilla A no me deja, cuando pongo la fecha de expiración. Tendrñia que ser en la C, si es que debo ponerlo.
Y ya de preguntar, la cuenta Paypal personal de compras, ¿ hay que declararla? No es más que un canal seguro para hacer compras online. Ni mi dni tiene Paypal.
En fin, a ver si los Reyes Magos ( y la Sra ministra de hacienda también ) nos traen la feliz nueva de que eliminan por fin este destructor de almas y cuerpos.
Un saludo