Según lo que EBN me contestaron por mi duda al respecto es que ellos unilateralmente SI pueden modificar las condiciones del contrato, puesto que está recogido en él mismo y se ha firmado por ambas partes. Pero el cliente tiene una cláusula,.en donde, claramente NO puede cancelarlo.
Por lo tanto, PUEDEN aplicarla y por derecho explícito.
Una entidad no incluye ciertos condicionantes en un contrato para no aplicarlos, lo hace a conciencia. Evaluando en el momento si, como negocio, si aplicación o no le traerá consecuencias.