Gracias, pero mi duda no se refería a la operativa de la cuenta asociada externa domiciliada en otro banco respecto a las de EBN -o a las de cualquiera otra entidad-, ni tampoco cómo o hasta cuanto cubre el FGD español la titularidad individual o conjunta de los depósitos bancarios a plazo fijo según sus intervinientes y/o sus limitaciones, no es eso lo que estoy/estaba preguntando. Para que nos entendamos, mi recelo es únicamente respecto a si el TOTAL de los fondos transferidos desde mi cuenta asociada externa a dicho Banco de Negocios, fondos que teóricamente irían a depositarse en una
cuenta corriente EBN para constituir posteriormente un deposito bancario EBN (y donde a su vez irían a parar los intereses generados por el mismo así como el capital a su vencimiento según plazo elegido antes, durante y/o después, etc etc etc) si ese montante global (y hasta el límite actual de los 100.000 euros avalados por depositante y entidad) están garantizados en su totalidad por el FGD, en ambos productos, y no parte de dicho capital por el FGD y otra parte por el FOGAIN.
Me dices e ese sentido, únicamente que"
Todo lo que deposites en la cuenta corriente más los depósitos que tengas está garantizado por el FONDO DE GARANTÍA DE DEPÓSITOS español ( FGD )" y así debiera de ser, pero yo al menos no lo tengo tan claro a la hora de confiar mis ahorros hasta conseguir mayor información y/o confirmación tácita minimamente. Lo cierto y verdad es que dado el panorama actual, es la entidad bancaria que ofrece intereses más atractivos o menos penosos, en territorio español al menos...