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Depósitos a plazo para Jubilatas.

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Depósitos a plazo para Jubilatas.
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Depósitos a plazo para Jubilatas.
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#31

Re: Depósitos a plazo para Jubilatas.

Yo le abrí a mi padre en Pibank y en Renault.
En Pibank no aceptaba las fotos subidas del DNI al ser permanente y no me dejaba avanzar. Llamé por teléfono haciéndome pasar por mi padre, me hicieron el alta por teléfono y me dijeron que enviara el DNI a un mail que me dijeron.
En Renault tuve muchos problemas con el alta porque era con videoidentificación y rechazaban el alta diciendo que salía otra persona en el vídeo. No entendía. Tras 5-6 intentos pensé que lo mismo se daban cuenta de que yo ponía el DNI por un lado de la imagen. Entonces decidí que mi padre sujetara el DNI tras muchos ensayos antes del vídeo ya que tiene 89 años. Al final lo conseguí. Tiene un depósito en Pibank y usa la cuenta Renault. 
En Caixa cuando pasa de 3k lo paso a Renault.

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#32

Re: Depósitos a plazo para Jubilatas.

Gracias es una situación parecida tiene 87 años y yo se lo gestionaré
Voy a probar a ver si tengo suerte

#33

Re: Depósitos a plazo para Jubilatas.

Hola Josetxo2 , gracias por la información. Creo que entre todos podremos informar y ayudar  a mucha gente (también a nosotros mismos) a los que la banca física  no nos daba ni los buenos días . 

Hace una semana pensábamos que la banca ofrecía el cero y ahora ya sabemos cómo y dónde  se puede conseguir  un 1,5 / 2  /2,5 / 2.70 / 3 %. No está mal para empezar......

Un saludo.
#34

Re: Depósitos a plazo para Jubilatas.

Buenas, acabo de abrir la cuenta a mi padre y han solucionado el problema del DNI permanente, al subirlo ya detecta que es permanente y no me pide la fecha de caducidad del DNI.
Demuestra que van mejorando las cosas.
Ahora a esperar que me la validen.

#35

Re: Depósitos a plazo para Jubilatas.

¿En que banco te refieres que ya han solucionado lo del DNI Permenente? ¿En Pibank?
#36

Re: Depósitos a plazo para Jubilatas.

Si, en Pibank
#37

Re: Depósitos a plazo para Jubilatas.

Estoy tentado a abrir a mi madre... pero me frena el royo que me supuso todo el proceso de testamentaria con mi padre, y eso que solo tuvo 2 entidades...
Es algo también conexo que habría que considerar con ciertas edades,  aunque resulta un poco "violento" verlo así...
No se si habrá experiencias con PIBANK en cuanto a testamentarias, supongo que al ser relativamente nuevo por España, no habrá habido demasiados casos de Rankianos con este tipo de procesos con ellos...

#38

Re: Depósitos a plazo para Jubilatas.

¿Y por qué habría que hacer testamentaria?
Si mi padre fallece, cancelo el depo de Pibank que para eso hice depo cancelable aunque dé menos, saco la pasta y cierro la cuenta. En ningún momento le digo a Pibank que ha fallecido.

Claro, tienes que tener las claves que de hecho tengo y mis hermanos también. Incluso de vez en cuando pongo extracto bancario en nuestro grupo wasa.

Mi padre tiene 89 años y sólo sabe poner el fútbol gratis en "esas páginas".

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#39

Re: Depósitos a plazo para Jubilatas.

Yo tuve experiencia testamentaria no en Pibank pero si en pichincha, 2017 y en oficina física de Zaragoza, sin mayores problemas documentación normal, dos herederos yo tenia cuenta en Pichincha y me ingresaron y al otro heredero transferencia, la tramitación bastante rápida
#40

Re: Depósitos a plazo para Jubilatas.

Ya, pero así en mi opinión estas asumiendo un riesgo.
Una cosa es retrasar el aviso del fallecimiento al banco hasta tener toda la tramitación de testamentaria finalizada para evitar bloqueos. Y otra cosa distinta es actuar sobre la masa hereditaria DESPUES de la fecha de fallecimiento del titular.

Hacienda con frecuencia revisa los seis meses previos al fallecimiento, y no digamos los meses posteriores, por si hay movimientos de dinero anómalos.

Aunque no se haga nada con implicación Fiscal (supongamos que sólo se traspasa todo el dinero del fallecido a una única cuenta suya, en lugar de a alguna de los herederos); no me veo explicando en hacienda que el fallecido, dos días después de su fallecimiento, firmó una transferencia a otra cuenta suya, amén de cancelar un depósito o lo que fuera menester...)

Igual soy un pardillo, pero estas cosas de mover capitales después de la fecha de fallecimiento, me impone respeto.

Saludos
#41

Re: Depósitos a plazo para Jubilatas.

Gracias Pedro0555.
Si fue sencillo en Pichincha, supongo que en PIBANK más fácil todavía, puesto que el procedimiento será similar, sólo que añadiendo que la documentación se pasará toda por email...
Ya le daré una vuelta, y gracias...
#42

Re: Depósitos a plazo para Jubilatas.

La Hacienda autonómica que es la que tramita el impuesto de sucesiones, EXIGE un listado de movimientos desde 1 año antes del fallecimiento hasta la fecha de fallecimiento y punto. Esto se hace para evitar que no se pague por dinero sacado ANTES del fallecimiento. Una vez que tributes por ese dinero, a Hacienda no le importa nada lo que pase con él después del fallecimiento a menos que transfieras a otro titular (posible donación). Si pitufeas a menos de 10k Hacienda no se entera.

Yo hasta he presentado la declaración de la renta de un fallecido usando el certificado de usuario del fallecido.

De este tema ya se habló en algún lado. En las cuentas de un fallecido se siguen cobrando recibos (luz, agua, telefono...), ingresando partidas (alquileres, rentas...) e incluso transferencias periódicas ordenadas anteriormente. Estén bloqueadas o no por comunicar al banco el fallecimiento.

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#43

Re: Depósitos a plazo para Jubilatas.

Es obvio que una vez fallecido, e incluso con al cuenta bloqueada por haber notificado el fallecimiento, se siguen atendiendo lo que viene siendo al dinámica normal de la cuenta (recibos, ingresos, etc...), eso lo entiendo y comparto al 100 %, además de haberlo vivido.

De lo que no estoy tan seguro es de que no pueda haber consecuencias por mover el dinero (a groso modo, no pitufeos) unos días después del fallecimiento, así como cancelar depósitos etc...
La Administración Tributaria Autonómica es probable que maneje el extracto también de los días posteriores al fallecimiento (no ya para calcular la masa hereditaria a efectos del impuesto de sucesiones), sino para controlar posibles donaciones ocultas posteriores. Y claro, se encuentra con al cancelación de un depósito, pongamos de 100k y su inmediata transferencia a otra entidad.... unos días después del fallecimiento.... no sé, casi prefiero hacer los tramites normales aún con el dinero parado una temporada...




#44

Re: Depósitos a plazo para Jubilatas.

Perdona, y luego se me ocurre otra anomalía.

Suponiendo que los 100k que se cancelan y sacan de Pibank, los envías íntegramente a otra cuenta del fallecido (para no incurrir o donación o similar). Pongamos que a La Caixa.

En la testamentaria se refleja el saldo a fecha de defunción en La Caixa, así como el importe en euros que se asigna a cada heredero... es normal que a fecha del reparto, la cifra sea distinta (recibos, ingresos...) y se seguirá repartiendo e la misma proporción...
Pero claro, si a fecha de fallecimiento había 6.000 € y a fecha de reparto 106.423 €....como que va a hacer saltar las neuronas del gestor de La Caixa y no sabemos por donde saldrá  y si no demora más de lo necesario el asunto... 

Vaya, que yo iría por lo tradicional (igual no avisando al Pibank desde el minuto cero, sino a la hora del reparto ya); pero sin hacer el vaciado...

Saludos
#45

Re: Depósitos a plazo para Jubilatas.

El banco primero comprueba que se haya tributado por la herencia en el impuesto de sucesiones y luego reparte conforme a testamento sin importar fechas ni la cantidad que ponga en el impuesto de sucesiones (esto sólo incumbe a Hacienda). 

Además en el impuesto de sucesiones pondrá el supuesto depósito de 100k en Pibank y los 6k de Caixa. Cuando Caixa vaya a repartir habrá 106k, lo mismo que pone el impuesto de sucesiones sólo que en distintas cuentas del fallecido.

Imagina que vence un depósito entre el fallecimiento y el reparto, ¿también es una "anomalía"?

Y añado, el banco permite sacar dinero en cuentas bloqueadas para pagar el sepelio por ejemplo si no había seguro, aunque te piden factura de la funeraria.

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