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ING. Es esto normal?
Llevo más de 15 años trabajando con ING, y siempre ha sido mi banco "base" para emitir transferencias a otros bancos para constituir depósitos, su cuenta nómina la he tenido siempre como cuenta vinculada para transferir a ella depósitos vencidos en otros bancos, etc etc.
Pues bien, hace unos días me vence un depósito de Progetto y me ingresan principal e intereses en Raisin. Yo, como siempre, ordeno transferencia de ese importe a ING (59.000 euros aprox). De repente, me llega email de ING diciendome:
De acuerdo con la normativa bancaria, y de conformidad con el apartado 5.6 del Contrato de Prestación de Servicios, es necesario que recibamos la documentación que justifica el origen de los fondos recibidos.
Por este motivo, necesitamos que nos envíes copia de los documentos correspondientes. A continuación, listamos los casos más habituales:
Inversiones en el extranjero realizadas con rendimientos del trabajo generados en España: contrato de trabajo/nómina, modelo 100 IRPF (trabajadores por cuenta ajena) y modelo 130 IRPF, 303 IVA (trabajadores por cuenta propia) así como movimientos de la cuenta ordenante de los fondos del último año.
Rendimientos del trabajo generados en el extranjero: contrato de trabajo o 3 últimas nóminas y movimientos de la cuenta ordenante de los fondos del último año.
Compraventa de inmueble: copia simple de la escritura de compraventa.
Donación: contrato de donación (privado o público) firmado por todas las partes, DNI de los interesados y copia de la presentación del modelo 651 AEAT.
Venta de acciones: copia simple de la escritura.
Herencia: escritura de aceptación de la herencia y modelo 650 AEAT.
Préstamos: contrato de préstamo firmado por todas las partes, DNI de los interesados y modelo 600 AEAT.
Criptomonedas: extracto de movimientos del último año de la cartera correspondiente, así como justificante del origen de los fondos que se han invertido.
Los documentos que no estén redactados en castellano, en lenguas cooficiales o en inglés, deberán acompañarse de una traducción jurada.
La dirección de email a la que puedes enviar esta documentación es [email protected], indicando en el asunto tu DNI o NIE.
El plazo máximo para enviar la documentación es de 23 días hábiles antes de las 15 h desde el envío de esta comunicación. Una vez recibida la documentación, la revisaremos y, si todo está correcto, haremos el abono en tu cuenta.
En el caso de que no recibamos la documentación en el plazo indicado o que la documentación sea incorrecta o incompleta, devolveremos a origen la transferencia.
En 15 años de operativa jamás me había ocurrido esto, incluso con importes muy superiores. Si es una operativa nueva para recibir transferencias, abandono el banco porque todo este trámite es un auténtico coñazo. Alguien sabe a que se debe esta "novedad"?
Pues bien, hace unos días me vence un depósito de Progetto y me ingresan principal e intereses en Raisin. Yo, como siempre, ordeno transferencia de ese importe a ING (59.000 euros aprox). De repente, me llega email de ING diciendome:
De acuerdo con la normativa bancaria, y de conformidad con el apartado 5.6 del Contrato de Prestación de Servicios, es necesario que recibamos la documentación que justifica el origen de los fondos recibidos.
Por este motivo, necesitamos que nos envíes copia de los documentos correspondientes. A continuación, listamos los casos más habituales:
Inversiones en el extranjero realizadas con rendimientos del trabajo generados en España: contrato de trabajo/nómina, modelo 100 IRPF (trabajadores por cuenta ajena) y modelo 130 IRPF, 303 IVA (trabajadores por cuenta propia) así como movimientos de la cuenta ordenante de los fondos del último año.
Rendimientos del trabajo generados en el extranjero: contrato de trabajo o 3 últimas nóminas y movimientos de la cuenta ordenante de los fondos del último año.
Compraventa de inmueble: copia simple de la escritura de compraventa.
Donación: contrato de donación (privado o público) firmado por todas las partes, DNI de los interesados y copia de la presentación del modelo 651 AEAT.
Venta de acciones: copia simple de la escritura.
Herencia: escritura de aceptación de la herencia y modelo 650 AEAT.
Préstamos: contrato de préstamo firmado por todas las partes, DNI de los interesados y modelo 600 AEAT.
Criptomonedas: extracto de movimientos del último año de la cartera correspondiente, así como justificante del origen de los fondos que se han invertido.
Los documentos que no estén redactados en castellano, en lenguas cooficiales o en inglés, deberán acompañarse de una traducción jurada.
La dirección de email a la que puedes enviar esta documentación es [email protected], indicando en el asunto tu DNI o NIE.
El plazo máximo para enviar la documentación es de 23 días hábiles antes de las 15 h desde el envío de esta comunicación. Una vez recibida la documentación, la revisaremos y, si todo está correcto, haremos el abono en tu cuenta.
En el caso de que no recibamos la documentación en el plazo indicado o que la documentación sea incorrecta o incompleta, devolveremos a origen la transferencia.
En 15 años de operativa jamás me había ocurrido esto, incluso con importes muy superiores. Si es una operativa nueva para recibir transferencias, abandono el banco porque todo este trámite es un auténtico coñazo. Alguien sabe a que se debe esta "novedad"?