Re: Si los deudores dejan de pagar, alguien tendrá que sufrir las pérdidas
Aunque la dinámica contable es sencilla, el apunte contable esta sujeto a una regulación, como bien señala NEOILURO en su post 12, muy compleja, tanto la dotación como su utilización.
El cuando, como y cuanto, esta sujeto a leyes que lo articulan, que fijan las circunstancias en que los distintos activos financieros, pueden ser tomados como perdida temporal o efectiva.
La mora refleja el grado de incumplimientos en la obligación, la cual tiene vías legales y contables para ser traducida en pérdida, al igual que también tiene vías legales y contables para ser traducida en ganancias cuando desaparezca el incumplimiento, en definitiva, que las pérdidas por mora pueden ser reversibles o permanentes.
Espero que los enlaces te aclaren algo, pues la verdad el tema es complejo.
http://morosidadbancaria.blogspot.com.es/2011/05/el-sistema-de-dotaciones-bancario.html
http://masterguapohacker.blogspot.com.es/2012/06/provision-para-insolvencias.html
Un sad2