Garzón, acusado de cobros irregulares y de favorecer al Santander
Sacado de El Confidencial:
El Supremo considera probado que el Centro Rey Juan Carlos I asumió el pago de los gastos de viaje de Garzón por valor de 21.152 dólares, así como la escolarización de la hija del magistrado en la Escuela Internacional de Naciones Unidas por un importe de 21.650 dólares. Además, Garzón cobró 160.333,14 dólares en concepto de sueldo. Una cantidad que no comunicó al CGPJ para obtener la licencia de estudios, ya que, en el año 2000, el Consejo ya rechazó una solicitud del magistrado para impartir conferencias en Estados Unidos “por no estar incluida tal actividad en el tipo de licencia por razón de estudios”.
El CGPJ ya se ocupó de este asunto en febrero de 2008, cuando el abogado Antonio Panea denunció que Garzón había cobrado importantes cantidades de dinero por su actividad en Nueva York. El órgano se dirigió al magistrado, quien se limitó a contestar que no tenía “nada que informar”. Entonces, el CGPJ decidió archivar la denuncia con el voto en contra del ex vocal Carlos Ríos, quien sostuvo que “procedía ampliar el Informe” sobre Garzón.
Panea llevó el caso al Supremo en junio de 2008, acusando a Garzón de cohecho y prevaricación. La querella de este abogado se basaba en el libro Garzón, juez o parte de José Díaz Herrera, donde se relata que el magistrado pudo llegar a cobrar 1,7 millones de dólares como conferenciante, gracias al patrocinio del Banco Santander. Panea denunció que, a su regreso a España, Garzón archivó con celeridad una querella contra el Santander, en lugar de apartarse del caso.
El futuro profesional de Garzón queda ahora en manos del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), que deberá decidir si, como apunta el Supremo, Garzón cometió una “falta muy grave” al solicitar una licencia de “docencia e investigación” sin comunicar que recibiría un jugoso sueldo por su trabajo en la universidad. El magistrado permaneció en Nueva York entre marzo de 2005 y junio de 2006, donde ejerció como director, moderador y ponente de un ciclo de conferencias.
Este hecho vulneraría el artículo 417.11 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que considera falta muy grave “faltar a la verdad en la solicitud de obtención de permisos, autorizaciones, declaraciones de compatibilidad, dietas y ayudas económicas”. El CGPJ podría poner fin a la trayectoria de Garzón como magistrado estrella, ya que, para estos casos, el reglamento contempla sanciones como la separación de la carrera profesional, la suspensión de hasta tres años o el traslado forzoso a otro Juzgado que esté a, al menos, 100 kilómetros de distancia.
Sin embargo, pese a demostrarse que la conducta de Garzón fue irregular, el juez podría quedar impune gracias a que los hechos datan de 2005, y las faltas muy graves prescriben a los dos años.
La realidad está hecha de cisnes negros, no de elefantes rosas; sobreoptimizar te fragiliza y lleva al desastre