Según la web http://www.familiasnumerosas.org/nc/ los estatales son:
Beneficios Estatales
Son los beneficios del Estado para las familias numerosas de toda España, es decir, corresponden a todas las familias numerosas, con independencia de la Comunidad Autónoma en la que residan.
Están regulados por la Ley de Protección a las Familias Numerosas y se concretan en:
•Descuento del 20 % ó 50 % en transporte por carretera (RENFE y empresas de autocares).
•Descuento del 20 % ó 50% en transporte marítimo de cabotaje.
•Descuento del 5 % ó 10 % en billetes de avión para vuelos nacionales.
•Bonificación del 45 % de las cuotas a la Seguridad Social al contratar una persona para cuidado de los hijos y del hogar, siempre que los dos progenitores trabajen fuera de casa (en familias de categoría especial, es decir, a partir de 5 hijos, no se exige esta condición).
•Permiso de paternidad ampliado a 20 días para los padres de familia numerosa.
•Puntuación preferente en los procesos públicos regulados por baremos: becas, admisión de alumnos en centros escolares.
•Descuento o exención en tasas y precios públicos (derechos de examen acceso a la Universidad).
•Descuento en entrada a museos estatales (Ver listado).
•Exención en las tasas de expedición del DNI o pasaporte (desde 1 de enero de 2016), tanto para la emisión de estos documentos por primera vez como cuando se trate de renovación por caducidad, robo o pérdida.
•Deducción fiscal específica para familias numerosas: 1.200 euros por familia numerosa general; 2.400 para las de categoría especial; 1.200 para familias con hijos con discapacidad; También para monoparentales con dos hijos (siempre que no se perciba prestación por alimentos del otro progenitor). Todas acumulables entre sí si se dan varios de estos supuestos. Es necesario estar en activo en la Seguridad Social, aunque en el caso de ser familia numerosa, también se aplica a desempleados que estén cobrando subsidio y pensionistas. + info.
Luego están las autonómicas y las locales...