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Que sucede si ya percibes el IMV y te vas a vivir con tus padres? - Ingreso mínimo vital

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Que sucede si ya percibes el IMV y te vas a vivir con tus padres? - Ingreso mínimo vital
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Que sucede si ya percibes el IMV y te vas a vivir con tus padres? - Ingreso mínimo vital
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#16

Re: Que sucede si ya percibes el IMV y te vas a vivir con tus padres? - Ingreso mínimo vital

La cuestión es que la declaración de la renta el la hace conjunta con su hijo y sus padres harán su declaración aparte individual o conjunta,ni puede meter a sus padres en su declaración, ni sus padres pueden meterlos a él y a su hijo en la suya 
#17

Re: Que sucede si ya percibes el IMV y te vas a vivir con tus padres? - Ingreso mínimo vital

¿Forma parte de mi unidad familiar una persona con la que convivo habitualmente?


Solamente si es uno de nuestros hijos menores de edad o el cónyuge. Aunque viviesen juntos no formarían parte de la misma unidad familiar, por ejemplo:

  • Amigos.
  • Hermanos.
  • Parejas de hecho.
  • Padres e hijos mayores de edad.
  • Abuelos y nietos (aun en el caso de menores de edad).
  • Tíos y sobrinos u otros parientes.
  • Compañeros de piso.

#18

Re: Que sucede si ya percibes el IMV y te vas a vivir con tus padres? - Ingreso mínimo vital

Si está empadronado en tu mismo domicilio y acreditas que NO forma parte de tu unidad de convivencia (mediante declaración jurada e informe de Servicios Sociales al respecto) entonces todo lo que citas es correcto... de lo contrario, para la Seguridad Social todas las personas empadronadas en una misma vivienda forman una única unidad de convivencia.
#19

Re: Que sucede si ya percibes el IMV y te vas a vivir con tus padres? - Ingreso mínimo vital

 
En el caso de un cambio de domicilio o una modificación en la composición de la unidad familiar, es muy importante que sea actualizado en el menor tiempo posible.
En este caso, bastaría con presentar el empadronamiento actualizado para acreditar el cambio de domicilio. 
El informe de los servicios sociales es solo exclusivamente para personas que están en situación de exclusión social ,si eres familia monoparental ,vivir con los progenitores no es excluyente de percibir o solicitar el ingreso mínimo vital, hay que cumplir unos requisitos ,si ,pero no hay que cumplirlos todos a rajatabla.

#20

Re: Que sucede si ya percibes el IMV y te vas a vivir con tus padres? - Ingreso mínimo vital

La duda que me surge es que, al cambiar de domicilio, la declaración de la renta la tiene que seguir haciendo conjunta con su hijo y sus padres hacen la suya a parte .Pero para hacienda cuando los hijos son mayores de edad y tiene a su vez hijos a cargo, son una unidad familiar independiente aunque vivan en el mismo domicilio ,pero para la seguridad social no, que enrevesado todo ¿no?.
Y aparte, como saben que ingresos tienen sus padres si cada uno hace su declaración a parte?
#21

Re: Que sucede si ya percibes el IMV y te vas a vivir con tus padres? - Ingreso mínimo vital

Aunque no hagas la renta, Hacienda sabe de sobra los ingresos "oficiales" de cada quien, es la información fiscal del contribuyente  https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/irpf/tengo-que-presentar-declaracion/consultar-datos-fiscales.html que cada uno con su certificado digital puede consultar de los últimos años, y es la base por la que Hacienda te puede imputar unas cosas u otras.
#22

Re: Que sucede si ya percibes el IMV y te vas a vivir con tus padres? - Ingreso mínimo vital

No he dicho nada de no hacer la declaración de la renta. 
#23

Re: Que sucede si ya percibes el IMV y te vas a vivir con tus padres? - Ingreso mínimo vital

Me refiero al caso de este chico,que está percibiendo el imv y ha tenido que mudarse a casa de sus progenitores con su hijo.
El hace su declaración de la renta conjunta con su hijo y sus padres hacen la suya a parte.
#24

Re: Que sucede si ya percibes el IMV y te vas a vivir con tus padres? - Ingreso mínimo vital

Aunque se haya mudado a la casa de sus padres, la unidad de convivencia de dicho perceptor del IMV seguirá siendo él + su hijo nada más ¿no? ... pues los ingresos del IRPF 2022 de él + los de su hijo (supongo que incluido en el mismo IRPF del padre, ya que padre e hijo harán IRPF conjunta) será lo que se considere para las revisiones (como siempre), puesto que los padres del adulto no forman unidad de convivencia para el IMV.

Otra cosa es que haya solicitado un cambio de unidad familiar INCLUYENDO en su IMV a sus ascendentes, que entonces en su momento ya sí se lo consideran e incluyen a los cuatro, pues revisarán basándose en los ingresos de todos, pero vamos no creo que sea el caso.
#25

Re: Que sucede si ya percibes el IMV y te vas a vivir con tus padres? - Ingreso mínimo vital

Ha muchas personas o familias les han suspendido el ingreso mínimo vital por cambio de domicilio, vete a saber,esto es una locura.
#26

Re: Que sucede si ya percibes el IMV y te vas a vivir con tus padres? - Ingreso mínimo vital

Si estas recibioendo IMV, yBANCO TE DESAHUCIA O ACEPTA TU PISO EN DACION por estar en riesgo de exclusion social , se pierde IMV, si te vas a vivir con tus padres???
#28

Re: Que sucede si ya percibes el IMV y te vas a vivir con tus padres? - Ingreso mínimo vital

Pensaba que al  abbandonar piso por entregarselo al banco en dacion, sin ganancia alguna, podia ser considerada como unas de las causas especiales( jnto desahucio,con violencia de genero, separacion u divorcio, etc).
Muchas gracias por las ideas.
#29

Re: Que sucede si ya percibes el IMV y te vas a vivir con tus padres? - Ingreso mínimo vital

El problema básicamente es el empadronamiento, que es con lo que ellos determinan cuantas personas forman tu unidad familiar... si te vuelves a casa de tus padres (empadronándote allí) pues blanco y en botella, no te libras de movidas con la Seguridad Social... si te empadronas en casa de otra persona con la que no tengas relación y hacéis un contrato de alquiler de habitación (suponiendo que no le ocasione a esa persona trastornos fiscales y podáis hacerlo) que además deberías acompañar a la comunicación de cambio de dirección de la Seguridad Social algún certificado de Servicios Sociales o declaración jurada vuestra donde indiquéis no tener vínculos familiares ni emocionales de ningún tipo, y siempre a falta de que cuele el asunto por parte de la Seguridad Social (que últimamente están bastante tiquismiquis con esas movidas) es otra solución... por eso "si no cambias de domicilio" o en todo caso te pudieses empadronar en una dirección donde no viva nadie, pues mejor, menos problemas e historias con la Seguridad Social.
#30

Re: Que sucede si ya percibes el IMV y te vas a vivir con tus padres? - Ingreso mínimo vital

El problema qe nadie qiere hacer contrato alkiler de habitacion .