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Re: Reclamacion-devolucion IMV de oficio - Ingreso mínimo vital
Si, por extincion, no por bajada. Pues si se lo han comunicado asi esas personas pueden presentar demanda ya que el Instituto Nacional de la Seguridad no tiene competencias en reclamacion eso corresponde a la Tesoreria, deben ir en procedimientos separados y una vez la resolucion de extincion sea firme, que es a los treinta dias de haber recibido la notificacion de extincion, por ley. Asi que si presentan demanda pueden anular todo el procedimiento que sea revisado y exigir daños y perjuicios, ya que si es asi estan dando por firme una resolucion antes de tiempo e invadiendo competencias para las que no dispone de jurisdiccion administrativa, lo que puede incluso, legalmente, considerarse intento de estafa. Pero me inclino porque sea un error de interpretacion ya que semejante aberracion administrativa no es nada, nada, normal. Si puedes y cuando buenamente puedas te agradecieria si pudieses subir una foto con los datos tapados, si alguno de los afectados quiere facilitartela.