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Ingreso minimo vital

12 respuestas
Ingreso minimo vital
Ingreso minimo vital
#1

Ingreso minimo vital

Alguien sabe porque se ha cobrado menos este mes del ingreso minimo vital 
#2

Re: Ingreso minimo vital

Creo que lo han ajustado con la declaración de la renta
#3

Re: Ingreso minimo vital

Imposible porque yo no cobro nada de nada y la renta tampoco y no he cobrado lo mismo tiene que ser otra cosa
#4

Re: Ingreso minimo vital

Porque lo actualizarin y es lo que te coresponde para 2022
#5

Re: Ingreso minimo vital

No puede ser eso porque mi situación no ha cambiado nada 
#6

Re: Ingreso minimo vital

Están diciendo tantas cosas que yo no sé qué pensar. Tiene que ser un error no puede ser otra cosa 🤦🏼‍♀️
#7

Re: Ingreso minimo vital

Esperemos que sea así un error y que nos ayuden 
#8

Re: Ingreso minimo vital

Puedo contarte 74 casos con menos ingresos y que no solo no han cobrado, sino que se la han retirado por segun la SS superar ingresos.Se ha ido a Hacienda y esta dice que esos ingresos no son los que ellos han comunicado a la SS, en algun lado han cometido muchos errores al actualizar y ademas errores que conllevaran muchas problemas para los perceptores. Cuando tenian que haberles subido al alza se han sacado unos ingresos de no se sabe donde y se la han retirado.
#9

Re: Ingreso minimo vital

Me supongo que en algún lado se podrá reclamar porque en Hacienda solo se vuelcan datos sino no te la admite a trámite. Yo creo que están sin un euro y esto es para quitarse gente de encima ya que la seguridad social no funciona ni la cita muchos desistiran
#10

Re: Ingreso minimo vital

Eso espero
#11

Re: Ingreso minimo vital

Hola, una duda, leyendo el nuevo decreto, creo que queda meridianamente claro, que todas las prestaciones de el SEPE se van a seguir restando como hasta ahora, exceptuando que te hayas arruinado de el 1 de abril a el 31 de diciembre... y que solicites el IMV en ese periodo; que solo en ese caso, no se te restarán las prestaciones de el SEPE???? como la ya famosa RAI; restada dos veces.

Esto es lo de siempre: alharacas, tamborradas y eslóganes publicitarios en grandes titulares, para luego ver la verdad de el texto que lo sigue y que no se oye.

https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2021-21007

Artículo 11.Situación de vulnerabilidad económica. 
 
5. Cuando no se reúna el requisito de vulnerabilidad económica en el ejercicio anterior, se podrá solicitar desde el 1 de abril hasta el 31 de diciembre del año en curso el reconocimiento del derecho a la prestación de ingreso mínimo vital en aquellos supuestos en los que la situación de vulnerabilidad económica haya sobrevenido durante el año en curso. 
Para acreditar la situación de vulnerabilidad económica producida durante al año en curso, se atenderá exclusivamente al cumplimiento del requisito de ingresos de conformidad con lo previsto en el apartado 2 de este artículo, considerando para ello la parte proporcional de los ingresos que haya tenido el beneficiario individual o, en su caso, la unidad de convivencia durante el tiempo transcurrido en el año en curso, de conformidad con los datos obrantes en los ficheros y bases de datos de la seguridad social que permitan la verificación de dicha situación, o bien, y en su defecto, lo que figure en la declaración responsable para el año en curso. En todo caso, para el cómputo de las rentas del año en curso no se tendrán en cuenta las prestaciones o subsidios por desempleo, en cualquiera de sus modalidades, incluida la renta activa de inserción, ni la prestación por cese de actividad, percibidas durante dicho año siempre que en el momento de la solicitud de la prestación de ingreso mínimo vital el derecho a aquellas prestaciones o subsidios se haya extinguido por agotamiento, renuncia, o por superar el límite de ingresos previsto, en su caso, para el mantenimiento del derecho y sin que se tenga derecho a una prestación o subsidio. Estos extremos deberán ser acreditados en el momento de la solicitud de la prestación de ingreso mínimo vital mediante el oportuno sistema de interoperabilidad electrónica por medio del cual el Servicio Público de Empleo Estatal, o la entidad gestora de la prestación de cese de actividad, facilite al Instituto Nacional de la Seguridad Social los datos necesarios para su comprobación. 
 
Artículo 20.Cómputo de los ingresos y patrimonio. 
 
e) Computará como ingreso el importe de las pensiones y prestaciones, contributivas o no contributivas, públicas o privadas. 
f) Se exceptuarán del cómputo de rentas: 
1.º Las rentas exentas a las que se refieren los párrafos b), c), d), i), j), n), q), r), s), t), x) e y) del artículo 7 de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio. 
 
#12

Re: Ingreso minimo vital

Pues así tal como lo preguntas es tristemente. Mucha publicidad pero también mucha letra pequeña muy traicionera.


 Cuando no se reúna el requisito de vulnerabilidad económica en el ejercicio anterior, se podrá solicitar desde el 1 de abril hasta el 31 de diciembre del año en curso el reconocimiento del derecho a la prestación de ingreso mínimo vital en aquellos supuestos en los que la situación de vulnerabilidad económica haya sobrevenido durante el año en curso.

Muy especifico. Beneficiará solo a unos pocos, casi nadie,
#13

Re: Ingreso minimo vital

Bueno, han conseguido lo que querían con la campaña publicitaria previa a la aprobación de el decreto: engañar a la opinión púbica con el anuncio de grandes cambios de el IMV, incluso a los propios perceptores de la misma, yo ya me estaba convenciendo que era cierto que no restarían las prestaciones de el SEPE, la verdad es que son hábiles para la publicidad y la autopromoción..... para el engaño.

El decreto es prácticamente idéntico al anterior, no cambia nada en lo esencial, solo lo han maquillado.

Habría que buscar que se gastaba en España en rentas mínimas en el 2019, y lo que se ha gastado en el 2021 con el IMV, seguramente la sorpresa sea; que ahora se gasta muchísimo menos, siendo estos fondos Europeos, que han de gastarse solo en rentas mínimas. ¿Dónde va el dinero que les sobra?