Esto les ocurre por ser muy honestos. (jajajajajjaja)
Esta noticia esta copiada literalmente del diario Levante de Valencia.
El Constitucional condena a las Corts por vetar preguntas sobre los contratos Gürtel.
El alto tribunal falla que la Mesa de la Cámara, con los votos del PP, vulneró los derechos fundamentales de los diputados de Compromís al censurar iniciativas para que el Ejecutivo informara sobre las adjudicaciones y pagos a las firmas de Correa.
. G. G./L. B. B. VALENCIA El Tribunal Constitucional ha condenado a las Corts Valencianes por "vulneración de los derechos fundamentales de los diputados" de Compromiso como consecuencia de la decisión del PP en la Mesa de la Cámara de vetar sin dar una explicación adecuada 30 iniciativas parlamentarias, entre ellas 15 preguntas en las que se reclamaba al Consell información sobre los contratos suscritos por el Ejecutivo de Camps con las empresas ligadas al caso Gürtel, que supuestamente regalaron trajes y otras prendas de vestir al presidente y a otros cargos del PP mientras eran beneficiarias de decenas de contratos de la Generalitat. El TC, en un fallo que se hizo público ayer, toma formalmente medidas para "el pleno restablecimiento del derecho fundamental a la participación política" de los diputados, consistentes en ordenar que las preguntas vuelvan a la Mesa.
De este modo, año y medio después de la censura de estos escritos, el órgano rector del Parlamento, presidido por Milagrosa Martínez, se reencontrará con las iniciativas tras el revolcón jurídico y político más severo que se recuerda en el Legislativo valenciano. La propia Martínez está afectada por el caso Gürtel ya que como consellera de Turismo otorgó varias ediciones de Fitur a la empresa de El Bigotes (Orange Market). El Consell de Camps se verá así obligado a informar por escrito sobre las adjudicaciones a las firmas Gürtel y otras empresas ligadas a diversas polémicas sobre las que inquiría Compromís.
La sentencia, del 26 de julio pasado, ha tenido como ponente al magistrado Manuel Aragón Reyes. El fallo no ha contado con voto particular alguno en una sala compuesta además por la propia presidenta del Constitucional, Emilia Casas, además de Javier Delgado Barrio, Jorge Rodríguez-Zapata y Pablo Pérez Tremps. Los vetos de las iniciativas Gürtel se produjeron el 9 de marzo de 2009 -un mes después de que la Policía entrara en la sede de Orange Market en Valencia, el 6 de febrero, y de la detención de Álvaro Pérez, 9 de febrero- y el 31 de marzo. En el primer caso, el portavoz, Enric Morera, inquiría, conselleria a conselleria, sobre los contratos sellados con 23 firmas, entre ellas las del entramado Gürtel. En el segundo, Morera preguntaba al conseller de Economía, Gerardo Camps, sobre el pago de facturas a las mismas mercantiles.
La Mesa, con los votos del PP, no admitió a trámite las iniciativas escudándose en el artículo 153.2 del reglamento de las Corts, que permite vetar las preguntas "que se refieran a persona física o jurídica que no tenga una trascendencia pública en el ámbito de la Comunitat Valenciana". El TC considera que esta limitación al derecho a formular iniciativas que forma parte del "núcleo de la función representativa" del diputado sólo puede justificarse con "una motivación expresa, suficiente y adecuada" para apreciar su consistencia. Y ello para evitar que la apelación al reglamento esconda un "juicio de oportunidad".
Esto es, que un grupo use la mayoría para censurar iniciativas perfectamente reglamentarias que no quiere que prosperen o se debatan en el Parlamento. Es lo que los populares llevan haciendo años y que llegó a su punto máximo con el caso Gürtel y el veto a 400 preguntas del PSPV, que acudió también al TC. En esa ocasión, el PP sólo dejó que se tramitaran las iniciativas referidas a Orange Market, para intentar acotar el caso en la firma cabecera de la red en Valencia, censurando las que aludían al resto del entramado Gürtel.
Innegable vinculación al control.
En su fallo, el TC enfatiza que "el contenido lacónico y estereotipado" de las resoluciones de la Mesa, "carente de cualquier tipo de justificación argumentada e individualizada, pone en evidencia un vicio de falta de motivación que impide conocer las razones" de los vetos. Y anticipa la decisión que tenga que tomar la Mesa al subrayar que "del tenor literal de las iniciativas parlamentarias no se desprende a primera vista que traten absolutamente de personas sin trascendencia pública en el ámbito de la Comunitat", por cuanto se inquiere, entre otras, sobre "si se habían celebrado contratos públicos entre las consejerías del Ejecutivo valenciano y una serie de empresas relacionadas con la investigación judicial sobre el conocido como caso Gürtel". Existe, remata, una "innegable vinculación con la actividad de control del Gobierno que integra la esencia de la actividad parlamentaria".
El varapalo a la Mesa llega al extremo de aseverar que la "obligación de interpretar las normas parlamentarias del modo más favorable al ejercicio de los derechos y facultades de sus representantes habría obligado, en principio, a su admisión a trámite". En lugar de eso, la Mesa, controlada por el PP, hizo de muro de contención para blindar al Ejecutivo ante las críticas.
Con ésta son ya tres las sentencias del Constitucional contra la falta de transparencia de las Corts Valencianes, tras los dos fallos anteriores también por vetos a iniciativas de Compromís. En esos casos, al afectar a la anterior legislatura, las iniciativas no pudieron rescatarse como ahora. El valenciano queda así como el Parlamento con más condenas por vulnerar los derechos de los diputados.
El fallo desmonta la estrategia de apelar a la investigación judicial
Las Corts, a través del letrado mayor, defendieron ante el Constitucional los vetos a las preguntas Gürtel indicando que las iniciativas afectaban a "informaciones sujetas a investigación judicial, incluso bajo secreto sumarial", mientras que en el caso de la firma de los vertidos en Mislata se apeló a "la posible publicidad perjudicial para una empresa". Los argumentos, esgrimidos a menudo por responsables del PP para negar información a la oposición -como el contrato por la visita del Papa a Valencia-, no son asumidos por el TC, que desmonta la estrategia de los populares. El tribunal enfatiza que al vulnerar el artículo 23.2 de la Constitución, que consagra el derecho de participación política de los cargos públicos representativos, se está cercenando también el de los ciudadanos a participar en los asuntos públicos, ya que es "primordialmente" a través de los diputados como se da "efectividad" a ese derecho.
P.D: Esto no había ocurrido jamás, en ninguna comunidad gobernada por otras fuerzas políticas diferentes al PP, claro está, que estas otras fuerzas políticas, quizás o a lo mejor, no son tan honestas como el PP, (jajajajajajajaj), pero ante todo son partidos DEMOCRATICOS.