Posiblemente, si hubiera realizado directamente el pago que le reclamaban en la cuenta bancaria que le notificaron, poniendo de concepto el detalle concreto que le pedían, y una vez hecho el pago hubiera notificado el pago del mismo, pues no le hubieran reclamado luego ese dinero descontándoselo mes a mes porque el sistema informático de la TGSS ya hubiera visto más adelante que el pago estaba realizado y, por tanto, la deuda reclamada zanjada.
Como se pasaría el plazo (que son 30 días, creo recordar, y entre que pides cita y te atienden y están NPI de lo que les preguntas), pues ya no le dejarían abonarlo por transferencia y entraría en juego el sistema de cobros automático, descontándoselo mes a mes.
¿Podría ser así como ocurrió, David?