Los cobros indebidos, en caso de que los tengas (que lo sabrás porque un año en noviembre te baja el IMV o directamente te lo suspenden y es por ese motivo), más adelante te serán notificados en una primera carta por si quieres realizar alegaciones y si no alegas nada en tu defensa (que es lo más normal porque poco se puede reclamar habitualmente) recibirás una segunda carta uno o dos meses después, ya con la notificación oficial de dicha deuda y aquí hay dos escenarios: que directamente te pidan el reintegro completo de dicha deuda o que te notifiquen se lo cobrarán directamente haciéndote un descuento de hasta el 70% de tu IMV actual durante un máximo de 12 meses... si te pasa el primer escenario y no lo abonas siguiendo las instrucciones que te indican en la carta, pues recibirás otra carta esta vez ya de la TGSS reclamándote el cobro inmediato y dándote opción a fraccionar el pago en hasta 60 mensualidades de al menos 100€/mes como mínimo y si sigues sin hacer caso, pues ya la siguiente "misiva de amor" de la Seguridad Social hacia tu persona llevará un recargo del +20% con el aviso reiterado de que la posibilidad de iniciar embargos de tus bienes o cuentas.