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Perder el trabajo y la cobertura médica

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Perder el trabajo y la cobertura médica
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Perder el trabajo y la cobertura médica

TRAS TERMINARSE EL SUBSIDIO POR DESEMPLEO, LA SEGURIDAD SOCIAL SÓLO CUBRE 90 DÍAS.
Perder el trabajo y la cobertura médica.

“Me quedé blanco. Te enteras cuando ya lo tienes encima”. Quien habla es Ángel Gómez, 56 años, casado y con un hijo. Tras agotar los dos años de subsidio de desempleo, ahora ha sabido que se quedará sin cobertura médica. Es decir, sin Seguridad Social. Esta es la papeleta que se ha venido repitiendo para millón y medio de parados que no cobran ya subsidio alguno. La cuestión no es baladí: ¿se pierde la cobertura médica definitivamente?

El Confidencial ha planteado la pregunta a la Seguridad Social y la respuesta es afirmativa. Sí, pero tiene solución. “Se pierde porque agotada la prestación contributiva y asistencial por desempleo, disponemos de una cobertura de 90 días. Agotado este periodo, el afectado o afectada debe incluirse con un familiar con el que conviva y del que dependa económicamente”, explican. ¿Qué sucede si no existe ese familiar o si el afectado no reside ya en el domicilio familiar?

La fórmula para evitarlo

Ricardo Escudero Rodríguez, catedrático de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social de la Universidad de Alcalá, apunta cuáles son las opciones para evitar quedarse sin cobertura médica: “La primera es inscribirse como beneficiario en la cartilla de un familiar, pero si eso no es posible, el único paso que debe darse entonces es el de la solicitud de asistencia sanitaria por carecer de recursos económicos”.

Quien se enfrenta a este problema o se encuentra en esta situación ha de tener claro que “la asistencia por carencia de recursos es un derecho universalizado”. Ello significa que la persona que esté en paro y sin recursos económicos podrá acudir a los servicios de urgencias, pero no podrá ir a un especialista o tener asistencia ambulatoria. Para conseguir recuperar esa asistencia el paso que han de dar es acudir al Instituto Nacional de la Seguridad Social y demostrar o acreditar con documentos la falta de ingresos.

El decreto 10881989 de 8 de septiembre es el que regula y “reconoce el derecho a las prestaciones para los españoles que tengan su residencia en territorio nacional y carezcan de recursos económicos suficientes”. Para obtener el reconocimiento efectivo de ese derecho “los solicitantes habrán de acreditar las circunstancias económicas y familiares exigidas al carecer de protección sanitaria pública”. (*)

Es como convertirte oficialmente en pobre

Es puro trámite pero para algunos parados supone un trauma. Ángel lo ha sufrido en carne propia: “Al hecho de no encontrar trabajo y no recibir dinero, se suma el verte obligado a tener una tarjeta donde ya viene reflejado que no tienes recursos. Te dan la tarjeta sanitaria con otro número y a quien se la muestras ya sabe que eres una persona sin dinero; lo mismo sucede cuando te toca recurrir a los servicios sociales a pedir ayuda. Cuando has trabajado toda tu vida y has traído la nómina a casa, jamás piensas que va a sucederte, relacionas los servicios sociales de tu ayuntamiento con gente muy necesitada y cuando te toca dar el paso y miras a los ojos a tu familia, es como convertirte oficialmente en pobre”.

El problema de la Seguridad Social es, por tanto, subsanable. Para el Secretario General de CCOO en Madrid, Javier López, “es un problema de la precariedad laboral, de contratos por días, por semanas, por horas. Si hay dos colectivos maltratados son el de las mujeres y los jóvenes. Es muy difícil poder alcanzar ya no sólo el número de años para jubilarse, sino el tiempo necesario para cobrar la prestación. Alcanzar períodos de cotización es la gran tristeza del mercado español, estamos condenando a una generación y al sexo femenino a no acceder ni a prestaciones ni a pensiones dignas. Las cifras reflejan lo que está sucediendo, los hombres en Madrid consiguen una pensión media de 1.040 euros y la mujer sólo llega a los 611. Ahora mismo es imposible cotizar períodos largos, y a la larga se generan menos derechos absolutamente en todo”.

El catedrático de Derecho del Trabajo, Fernando Eguidazu, opina que la cobertura sanitaria básica es anecdótica si se compara con el problema de fondo que pronto empezarán a sufrir además de los los cinco millones de parados, todo el conjunto de la masa laboral de este país. “La cobertura básica la tienen incluso los ilegales, los sin papeles. Como ya no cotizas ¿te mueres en la calle como un perro? No, eso no es cierto porque alcanza incluso a quienes no tienen papeles, con que más a un ciudadano español. El auténtico peligro está en lo difícil que va a ser cobrar una pensión”.

Los gobiernos recomiendan una y otra vez ahorrar e ir siendo previsores con los planes de pensión, sin embargo, “estando en paro o con unas circunstancias laborales precarias, si alguien cobra 1.000 euros al mes, paga la hipoteca, luz, teléfono, alimentación… a ver cómo saca dinero para ahorrar, es imposible”, señala Eguidazu.

Advierte, además, de dos importantes trampas: “el sistema actual de pensiones es bastante chapucero y alguno se llevará el disgusto de su vida porque hay que haber cotizado como mínimo 15 años, y de los últimos 15 al menos 2 seguidos, así que si has cotizado 30 años a lo largo de tu vida y por circunstancias dejas de trabajar antes, no servirá de nada haber cotizado tanto anteriormente, no cobrarás nada, cero euros. Por otro lado, si has cotizado 14 años, 11 meses y 29 años no es que no tengas derecho a una pensión pequeña, es que no tienes derecho a nada. Habría que pedirle al Gobierno una reforma de pensiones profunda y seria”.

En Suecia los ciudadanos pueden elegir si jubilarse jóvenes con poca pensión o mayores con más, hay fórmulas que ya se están aplicando en otros países y aquí, añade Eguidazu, “una pensión que se paga con un impuesto al trabajo es una burrada. Lo triste es que este tipo de reformas son antipopulares, no dan votos y ellos, los políticos van a lo fácil, entre otras cosas porque no estarán aquí para verlo”.

(*).- Teléfono de información de la Seguridad Social: 900 16 65 65.

Perder el trabajo y la cobertura médica

#2

Re: Perder el trabajo y la cobertura médica

Creo que hay muchos términos en el artículo que son erróneos. En primer lugar un trabajador como el que cita el artículo tiene dos años de PRESTACION por desempleo, no por subsidio. Si agota el plazo, sigue en paro y no tiene recursos económicos, pude acogerse al SUBSIDIO por desempleo para mayores de 52 años, cotizando a la Seguridad Social con cargo al INEM por el 125% del Salario Mínimo Interprofesional.

Saludos.

#3

Re: Perder el trabajo y la cobertura médica

Falso titular, falsa noticia.

El artículo es lamentable.

Junta churras con merinas y se contrdice contínuamente.

Dejan escribir a cualquiera.

#4

Re: Perder el trabajo y la cobertura médica

Esto no es cierto. La cobertura sanitaria es universal y el único requisito que te piden es estar empadronado, es decir tener la residencia en España. Un persona sin recursos, y sin trabajo e incluso que no haya cotizado nunca, tiene la misma cobertura sanitaria (asistencia en ambulatorios, especialistas o hospitalaria) que otra persona que trabaja y cotiza. La única diferencia es que no puede solicitar la tarjeta sanitaria para viajar a Europa y tener asistencia fuera de España. En este caso si que es necesario incluirse en la "cartilla" de un familiar. En cuanto a la tarjeta sanitaria son idénticas, al menos en mi Comunidad, para los que trabajan y cotizan, como para los que no cotizan. Esta es la grandeza de nuestro sistema sanitario que, para bien o para mal, es universal y no excluye a nadie. El derecho a la asistencia sanitaria parte del artículo 43 de la Constitución, pero su universalidad, desvinculándola de la cotización a la Seguridad Social, se consagró por la Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad, que en su artículo 1, apartado segundo, reza:

Son titulares del derecho a la protección de la salud y a la atención sanitaria todos los españoles y los ciudadanos extranjeros que tengan establecida su residencia en el territorio nacional.
Para quien quiera profundizar en este tema, y en la evolución del derecho a la asistencia sanitaria, recomiendo este artículo: El derecho a la asistencia sanitaria en España dentro de territorio nacional: regulación, sistema de financiación y administraciones competentes Es un poco más serio y, sobre todo, fundamentado, que el artículo de El Confidencial. Un saludo
#5

Re: Perder el trabajo y la cobertura médica

este artículo o noticia ya salió tiempo atrás, incluso se la colaron a Rosa Díez que lo soltó en un coloquio.

y obviamente se demostró que no era cierto lo que contaba, y que además tergiversaba las pocas verdades que contaba.

lo curioso es que los mismos periodistas-propagandistas que expanden estas noticias, luego son capaces de contar que en españa los extranjeros vienen a operarse gratis.

#6

Re: Perder el trabajo y la cobertura médica

Yo trabajo en el sistema sanitario público y puedo corroborar un punto sin miedo a errar (el resto del artículo incurre en algunos fallos, pero no son interesantes para el caso que plantea Empecinado). Cuando una persona que recibe asistencia en el sistema sanitario público deja de trabajar y deja de percibir ayuda económica por parte del Estado, pierde el derecho a dicha asistencia, pues nadie cotiza por ese derecho.
Hasta hace dos años desconocía este punto, pues hasta la fecha no era normal encontrar parados que hubieran agotado todas las prestaciones; cuando fuí testigo del primer caso, mi sorpresa fué absoluta; si estos pacientes no pueden (o no quieren, que se ha dado el caso) "engancharse" como beneficiarios a un familiar que esté cotizando, se le deriva a la tesorería de la seguridad social para que solicite la prestación; allí se les pide amplia documentación económica, para corroborar que no tiene recursos para costarse él mismo la asistencia.
Puedo comentar el caso de un paciente que había agotado todas las prestaciones por desempleo y le denegaron la asistencia, pues tenía varias propiedades a su nombre (una de ellas alquilada, que encima no le pagaba el inquilino desde hacía meses); a día de hoy la tesorería le sigue denegando la asistencia.

#7

Re: Perder el trabajo y la cobertura médica

En primer lugar, una persona cuando deja de trabajar o de cobrar una prestación, desde ese mismo momento tiene una cobertura sanitaria de 90 días con su número de seguridad social. A partir de este periodo si esta persona sigue en una situación que no le de derecho a tener cobertura de la seg. social y convive con su pareja, padres o hijos, puede incluirse como beneficiario en alguna de esas cartillas sanitarias presentado en una oficina de la seg. social el libro de familia, certificado de convivencia y DNI del titular y beneficiario. Si la persona vive sola tiene derecho a tener una cartilla de asistencia sanitaria "universalizada" que se la tramita la trabajadora social que corresponda a su ambulatorio, para esto tiene que presentar el certificado de empadronamiento, el DNI y un certificado de la Seguridad Social donde conste que no tiene cobertura sanitaria por encontrarse en situación de baja en todos los regímenes de la S.S. La cartilla sanitaria universalizada da derecho a todo tipo de asistencia sanitaria en España salvo a tener la tarjeta sanitaria europea.
No solo hay que estar empadronado sino que hay que tener el permiso de residencia legal en España.

#8

Re: Perder el trabajo y la cobertura médica

Tenemos subsidios de hasta un máximo de 30 meses dependiendo de la edad del trabajador y de la duración que ha tenido la prestación contributiva.
No todo el mundo puede acceder al subsidio mayor de 52 años, para acogerse a este subsidio se deben de cumplir todos los requisitos para la jubilación salvo la edad.