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Alta en Autonomos y alta en el ayuntamiento

4 respuestas
Alta en Autonomos y alta en el ayuntamiento
Alta en Autonomos y alta en el ayuntamiento
#1

Alta en Autonomos y alta en el ayuntamiento

Buenas Tardes: es la primera vez que entro en un foro, espero no hacerlo muy mal...

Tengo algunas dudas sobre los trámites para darse de alta en Autónomos.

Me gustaría darme de alta como Artesana de madera ( talla, cuencos,cajas, etc) para participar en Mercadillos Medievales y Artesanos, y si me fuera bien, vender a alguna tienda de artesanía. Me surgen varias dudas:

1.- El Alta en IAE - segun Hacienda - podría ser 861 (artesanía) y tambien el 663.9(venta al por menor), pero si es el 861, tendría que solicitar una licencia de apertura en mi ayuntamiento y pagar una tasa anual de aprox. 200 euros al año y lo que es peor, un funcionario del ayuntamiento vendría a revisar el local,a ver si tiene extintores, salidas de emergencias, insonorización, etc. y podría no concedar la licencia; los trabajos los realizo en mi casa de campo/garaje, y como aficionada tengo instrumentos de talla y un torno para la madera ¿ es necesario que me dé de alta en el ayuntamiento? He hablado con varios organizadores de mercados artesanos y me piden estar dada de alta en autónomos, pero - supongo que les da igual que sea el epigrafe 663 (venta al por menor no incluye estar dada de alta un local) o 861 -¿ no ? ¿ tiene implicaciones al hacer la declaracion de IVA trimestral e IRPF un código de AIE u otro?

2.-Alta en Autónomos: en el Ministerio de Trabajo (puedo retrasarlo hasta en 30 dias, porque a continuación tengo que pagar aprox. 275 euros/mes y me gustaría hacer coincidir el alta y pago de autónomos con el verano, que es cuando se organizan más mercadillos, ¿es inmediato desde que voy a la TGSS ?

3.- No creo que inicialmente venda mucho - no creo que llegue a más de 400 euros al mes, y en Hacienda me dijeron que es mejor la "Estimacion directa simplificada" Ingresos menos gastos ¿ es correcto?

4.- No estoy inscrita en el paro y no trabajo, es necesario darme de alta en el INEM antes de darme de alta en Autónomos ?

Muchas gracias por anticipado, quiero tener las ideas claras antes de ir a una Asesoría para decidir bien, son muchos gastos iniciales para muy pocos ingresos....

Un saludo

Mariasmas

#2

Re: Alta en Autonomos y alta en el ayuntamiento

Con la actividad 663.9 puedes vender, pero no tienes amparo legal para fabricar o modificar lo que vendes.

Con el 861, además de la elaboración, estás facultada para la venta de tus productos.

Lo de la licencia municipal no lo marca el epígrafe del IAE por si mismo, sino el hecho de tener un taller.

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!

#3

Re: Alta en Autonomos y alta en el ayuntamiento

Gracias por la aclaración, si quiero fabricar o modificar tendré que pedir licencia,

¿Es necesario pedir inmediatamente la licencia o podría esperar unos meses - para ver si marcha la venta - ¿ puede hacienda comprobar que no tengo licencia o el ayuntamiento puede comprobar que fabrico artesania ?

Me parece un poco excesivo que los que hacen pulseras u otro tipo de artesania en un mercadillo tengan que pedir licencia de apertura de local NOOO... siempre lo puedes hacer en casa ??

#4

Re: Alta en Autonomos y alta en el ayuntamiento

Son cosas diferentes.

Como actividad económica, si te declaras como 663.9, quiere decir que eres vendedora ambulante. Y punto, no dices nada de a que mayorista o artesano compras lo que vendes.

Si te declaras como 861, dices que eres artesana, elaboradora de cosas. Y ese epígrafe fiscal, a su vez te faculta para vender por tu cuenta tu propia producción. No te faculta para vender cosasd de terceros, salvo que sea actividad ocasional o auxiliar a tus propias elaboraciones.

Lo de la licencia municipal por el local, es algo que corresponde si tienes local, obviamente. El propio local si lo tienes te sirve de puesto de venta.

Pero claro, puede que no dispongas de local, y simplemente estés interesada en vender a través de una parada ambulante de mercadillo. En tal caso, supongo que las cosas que hagas las realizarás en lo que por ejemplo aquí en Barcelona se define como actividad industrial de 1ª categoría, "admitida en promiscuidad con la vivienda", y "comprende aquellas actividades no molestas para la vivienda y se refiere a las de caracter individual o familiar que utilicen máquinas o aparatos movidos a mano o motores depotencia inferior a 1 kW".

Salvo que uses un torno industrial que provoque posibles molestias a los vecinos, entiendo que no procede la legalización de ningún local, pues la cosa no implica mucho más que lo que otra persona por hobby o bricolage pudiera realizar.

Para hacienda hay alguna diferencia entre 663.9 y 861. Además de eso de vender cosas fabricadas por ti o adquiridas a terceros, el 663.9 puede acogerse al recargo de equivalencia, y el 861 no.

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!

#5

Re: Alta en Autonomos y alta en el ayuntamiento

Mil gracias Cachilipox, !! tu si que vales !!, que pena que estés en Barcelona, sinó iba a verte a tu asesoria...

Si dispongo de local, pero nunca sería para vender directamente al público; es una nave en un pueblo pequeño y la nave/cobertizo es independiente de la casa ( casa de campo ) y como aficionada, tengo torno que apenas hace ruido, ( aunque tengo vecino y también tiene sus máquinas de trabajo para el jardin , y nos llevamos bien)... ! que rollo te estoy contando...!!

Gracias por todo, me has aclarado mucho, iré a una asesoría

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