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Asegurar empleada del hogar

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Asegurar empleada del hogar
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Asegurar empleada del hogar
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#1

Asegurar empleada del hogar

Buenas tardes mi consulta es la siguiente, tengo una sra. que le pago por horas y viene 4 horaras semanales, ella se pagada unos autonomos y me dice que ya no puede hacerlo con la nueva ley, y que en casa casa le tenemos que pagar la parte proporcional.

Mi pregunta es la siguiente que ventajas e inconvenientes tengo al tenerla asegurada cuatro horas semanales.¿me repercute en mi declaracion de renta?. ¿si tiene un accidente en otro domicilio debere hacerme yo cargo? ya que trabaja por horas en varios domicilios. etc.

MUchas gracias

#2

Re: Asegurar empleada del hogar

Lamentandolo mucho prescindo de la sra. de toda la vida, y contrato los servicios de una empresa profesional de limpiuezas, ellos me facturan a tanto la hora, con iva incluido, y punto pelota, el trabajador es de ellos no mio.
( esto es lo que han conseguido con la ley )

#3

Re: Asegurar empleada del hogar

En esta web del ministerio tienes bastante (y correcta) información:
http://www.empleo.gob.es/es/portada/serviciohogar/index.htm

Salvo el lío que es ahora el empleador quien tiene que asumir directamente el alta y el pago de la cotización, no es tan terrible como algunos comentan.

Hay que hacer dos altas, la de la cuenta de cotización de la casa, y la de la empleada como trabajadora.

El coste mínimo viene a ser una base de cotización de 90 €/mes, y una cuota correspondiente al 22 % + 1,1 % (= 20,83 €). Si se declara más sueldo sube la base de cotización y la cuota.

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!

#4

Re: Asegurar empleada del hogar

Se va a conseguir sólo un intermediario más en la cadena. La empleada cobrará menos y a la tí te saldrá más caro. Si se quiere reducir economía sumergida podían empezar por los que más tienen.
Las empleadas podrían formar empresas o cooperativas entre varías para que lo que se quedaría el intermediario sea tambíen suyo.

#5

Re: Asegurar empleada del hogar

No te plentees ventajas-inconvenientes, sino obligación de hacerlo.
Lo que la ley dice es que debes asegurarla aunque solo venga una hora a la semana o al mes.
El problema podrías tenerlo ante una Inspección de Trabajo o ante un accidente...incluso podrías tener problemas en un In Itiner: Imagina que esa persona que no tienes contratada sufre un accidente de circulación cuando viene a trabajar a tu casa. Si se entera Inspección de trabajo tendrías que pagar de tu bolsilloo la baja, además de multas, recargos, etc....y si la cosa derivara en una invalidez de la misma ni te cuento. Por otro lado la Inspección de Trabajo. Acudí hace unos días a una conferencia sobre la reforma de esta ley y el ponente (Inspector de T) nos dijo que si bien es cierto que no de puede entrar en un domicilio particular sí tienen medios para provar que hay una relación laboral.
Con todo ello, no quiero desanimarte, no es tan difícil ni caro cumplir con la Ley.
Las señoras de limpieza, por lo menos donde vivo yo parece que se hayan puesto de acuerdo....todas te cobran 10 € la hora. Se trata de que hagas los cálculos y pactes con ella la reducción de su salario para pagar la seguridad social. El mínimo obligatorio para pagar es el salario mínimo interprofesional incrementado con las dos pagas extras, lo que equivale a poco mas de 5 €. El planteamineto es sencillo: como ahora ella no tiene la obligación de pagar la seguridad social y ahora la tienes tú, es lógico que se lo tengas que descontar.
Te recomiendo que vayas a un Graduado Social (je je, barriendo para casa...) que te explicará bien la situación, te tramitará el alta como empleador, redactará el contrato que hay que hacerle y te enseñará a hacer las nóminas (sí, también tienes la obligación de hacerle nómina mensual).

Si lo que el govierno quería con esta medida era que aflorara este tipo de trabajo sumergido creo que lo que va a conseguir es reducir la recaudación, pues muchos cabezas de famili como tú, se hechan atrás y no dan de alta a la limpiadora....y las limpiadoras que se pagaban su "autonomo" seguro que van a ver reducida su cotización.
Saludos.

#6

Re: Asegurar empleada del hogar

A mi me ha pasado lo mismo: la chica me pidió que la diera de alta y me ha tocao cumplir con la SS. En mi caso cobraba 9 euros hora yviene 4 a la semana así que le he reducido la parte que me toca de la SS y se le quedaba en unos 7,3 (redondeando 7,5). Si no he hecho mal las cuentas tengo que pagar 26 euros mes de SS. Ahora en lo que ando perdidisimo es en el tema de nominas y demas....yo le sigo pagando en mano. Y la otra gran incognita: si no viene a trabajar un dia le tengo que pagar igualmente?, como va lo de las vacaciones? cuantas le tengo que dar? le tengo que pagar igualmente?.....yo me voy a hacer el sueco y lo voy a hacer como antes hora trabajada hora pagada.....si la cosa se complica buscaré una empresa y se acabó.

#7

Re: Asegurar empleada del hogar

Lo que dice el Ministerio de Empleo, en las FAQs
"Al tratarse de un trabajo por horas, y trabajar menos de 120 días al año, se aplica una retribución global por las horas efectivamente trabajadas, que incluye la parte proporcional de domingos y festivos, pagas extraordinarias y vacaciones. "

O sea, se supone que al pactar un precio/hora, en él se incluyen todos los conceptos retributivos.

Aquí tienes varios modelos, la nómina entre ellos: http://www.empleo.gob.es/es/portada/serviciohogar/modelos/index.htm

Por cierto, es muy patatera, en el empleador pone CIF, y el CIF ya no existe ni para sociedades mercantiles. Quizás el excel lo hizo la propia ministra en sus ratos libres.

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!

#8

Re: Asegurar empleada del hogar

Lo de "no es tan terrible" ya lo veremos cuando las familias empiecen a recibir demandas de los Juzgados de lo Social...

Han convertido a las familias en empresas, con todos sus inconvenientes.

En casa hemos prescindido de servicio de limpieza esperando que deroguen esta normativa. La labor de la limpieza se parece mucho más al trabajo autónomo que al empleado laboral.

O es que quieren que pongamos reloj para marcar para verificar el horario?

Y pagar por transferencia para demostrar el pago?

Ya veo demandas en el Juzgado de lo Social por falta de pago por no tener recibo (cogió los 40 euros de encima de la mesa como siempre). O por horas extras no pagadas ("la empresa" no puede demostrar el horario que efectivamente realizó al no tener reloj de marcado ni encargado que supervise las firmas de horas).

Personalmente opino que han hecho una barbaridad con esta normativa. Y a 30 de junio (fin del periodo transitorio) veremos en cuanto aumenta el paro por los contratos rescindidos...