Recibo
¿que significa que un recibo cumple la funcion de giro?
¿que significa que un recibo cumple la funcion de giro?
Buenas tardes elegante,
Significa que un recibo -también un efecto o una letra- pueden utilizarse como forma de pago y puede descontarse en una entidad bancaria.
Es decir, el acreedor recibe el giro, recibo o letra y lo presenta en el banco para que le abonen de forma anticipada el importe del recibo que ha sido adeudado. A cambio el banco no te dará el 100% del importe del recibo, sino que se quedará con un porcentaje en concepto de comisión por el anticipo del pago.
Saludos.
Esto no te interesará porque estas utilizando en el banco la norma 19 para cobrar recibos, y te han dicho que "al cumplir función de giro, tienes que utilizar la 58" ... que todo sea dicho de paso, es bastante mas cara ??????
Te lo digo por esto lo debatimos en otro hilo iniciado por ti, concretamente estos 2
https://www.rankia.com/foros/bancos-cajas/temas/1765585-cuadernos-19-58
https://www.rankia.com/foros/bancos-cajas/temas/1765637-anticipos-creditos-comerciales
Curiosamente, y pesar de que varios respondimos a la cuestión, no consta que tu dijeras nada con posterioridad, nos dejáste ahí .... lo cual a efectos de foro cumplirá perfectamente con las normas, pero a algunos nos sorprende que se pregunte y ahí de dejen ...
De todas formas veo que es tu sistema o forma de entender el foro, preguntas y es de suponer que lees, pero nada respondes luego, supongo que todas las respuestas te agradarán .... si no fuese así, probablemente participarías activamente en el debate que se genera ...
https://www.rankia.com/foros/seguros/temas/1765598-seguro-vida-empresa
https://www.rankia.com/foros/fondos-inversion/temas/1743950-votos-fondos
https://www.rankia.com/foros/preferentes/temas/1715903-comprar-renta-fija
https://www.rankia.com/foros/bancos-cajas/temas/1765592-factoring
https://www.rankia.com/foros/bancos-cajas/temas/1765637-anticipos-creditos-comerciales
Bueno no es así siempre .... porque en algunos veo que si participas .... ojo que no soy nadie para decirte como hay que actuar, solo que me sorprende que se lance una pregunta y el ponente no participe en las respuestas, no es ni bueno ni malo, solo eso, algo sorprendente.
Pues yo creo que es malo. No intervenir en las respuestas, a veces matizando, complementando y discutiendo diferentes puntos de vista empobrecen el hilo. Amén de que entiendo que es de obligado cumplimiento agradecer con un par de lineas, a aquellos foreros que se molestan en redactar una respuesta y aportar algo de luz a las dudas que uno plantea.
Por lo tanto, como bien dices, a efectos de política de moderación de rankia sea correcto, pero a otros efectos (hace años se hablaba de net-etiqueta) pues posiblemente no.
Saludos!
Método, disciplina y tiempo
lo he leido todo y lo he guardado
el confirming entendido perfecto
1º.-lo de cuaderno 19 y 58 entendida la base, unos son servicios y otros relaciones comerciales
lo que no acabo de entender es:
¿un credito es una factura que tenemos para cobrar a un cliente?
y
¿cuando se decide si se me abona al vencimiento o al descuento?
ejemplo, hoy dia 1 tengo 5 creditos con 5 vencimientos distintos (el 5, el 8,el 15, el 22 y el 30)
¿como se hace el fichero 58? ¿cuando se me abona?
¿se puede meter todo en el mismo fichero?
¿cuanto me van a cobrar?
¿el banco como sabe de la veracidad de esos creditos si no los ve, no tiene nada fisico, solo un fichero que yo le envio?
Todo esto no lo veo, lo de presentarlo unos dias antes ¿si son vencimientos distintos?
2º. El factoring ¿ es como el anticipo de facturas?
¿En que se diferencia?
estoy intentando organizar una empresa y viendo lo que me ofrecen
la poliza de credito es lo mas facil
el confirming me gestionan el pago a mis proveedores y luego a ellos le ofrecen adelantarlo o cobrarlo al vencimiento
¿cuando cobro yo en el confirming?
el factoring y el cuaderno 58 es lo que me cuesta
lo del seguro de vida es porque tengo pensado a dos empleados , en lugar de sueldo meter en torno a 100 a cada uno en un seguro de vida de empresa y en un plan de pensiones empresarial y quiero ver si me puedo deducir y que ellos tambien ganen
Hombre bienvenido de nuevo .... el domingo por la noche o martes a mas tardar te aclaro todo esto, pero si quieres avanzar en mi blog
https://www.rankia.com/blog/economia-domestica/ si buscas entradas (artículos) de hace creo que algo mas de un año ... son de los mas antiguos, cuando inicié esto de la coña bloguera, tienes definido todo esto del confirming, el factoring, el seguro de crédito .... y así avanzamos bastante, luego los temas técnicos, la forma, como se remite al banco iremos acotando, si es que te parece bien .... en el blog tienes bastante información empresarial, he tratado de hacer una cierta pedagogía para pequeñas empresas, pero que tengan un mínimo de estructura, tendrás que ir pasando páginas y ver que te interesa y que no, obviamente todo el temas de preferentes no va a ser tu tema .... luego si quieres vas preguntando y eso, acotamos ....
Ahora me tengo que ir, y no podré "atender" a los foros hasta el domingo por la noche como muy pronto.
Perdón, mejor que me presente, tengo un cargo medio en una empresa tirando a pequeña, de ahí que escriba sobre ello, porque mi trabajo es del ámbito financiero, tesorero y contable.
Por cierto, disculpa, pero al responder y no recibir nueva respuesta tuya, pues eso, pensé a ver si se trata de "un estudio de comportamientos en los foros", ahora ya veo tu interés y tu estilo, pero por aquí hay la costumbre de responder y un mínimo debate, de ahí mi extrañeza.
1 - Si, cuando haces una venta con pago aplazado, por ejemplo vendes un artículo que se paga a 30 días, fecha factura, vamos que si vendiste a final de abril y el pago será el 31-5, se genera un crédito a tu favor, porque al final esto es una venta a crédito, no es al contado, aunque 30 días sea un crédito muy corto. En empresa es muy normal que los pagos sean a 60 ó 90 días.
2 - No es una cuestión de "decisión" .. si un cliente solo te compra si es pagando a 30, 60 ó 90 días, tienes dos posibilidades, una es que tu puedas esperar con tus propios fondos a su cobro, o que no te quede otra que acudir al banco, para que sean ellos los que "esperen", avanzándote el dinero del cliente a cambio de unos intereses y comisiones, y obviamente que por tu solvencia te crean merecedor de este "anticipo" de un dinero durante unas semanas.
Financiar a menos de 30 días en norma 58, si los importes son bajos, puede ser caro, porque al final las liquidaciones de gastos se componen de dos conceptos, uno es el interés, que se paga por el plazo, y otro son las comisiones, que se cobran igual y con independencia del plazo, por tanto a menor plazo sale mas caro, o si quieres te cobran las mismas comisiones (nada que ver con el interés) tanto si financias a 30 días que si lo haces a 90 … de ahí que te indique que en plazos muy cortos, no es precisamente el descuento comercial o la norma 58 lo mas barato.
3 – Si se puede meter todo en el mismo fichero, pero si la idea es “al descuento” lo adecuado es ir mandando ficheros a medidas que necesites el dinero, porque el interés que te cobran va por plazo, si tienes que cobrar 100.000 €, pero solo precisas de 50.000 y el resto dentro de 20 días, mejor que hagas dos ficheros, uno para ya, y el segundo se remite dentro de unos días, te ahorras intereses de estos 20 días.
4 – No sabe de la veracidad, por tanto solo te concederán este tipo de financiación si confían en tu solvencia, en esto para empresas nuevas es complicado, al no poder verificar tu historial como empresa, al carecer de balance que puedan comprobar.
5 – Si son vencimientos distintos, si es al descuento con abono al momento, tu cobras todo, menos los intereses y comisiones, y tus clientes al vencimiento. Si es al cobro te irán abonando los recibos (créditos) a sus vencimientos, vamos que tu mandas un solo fichero, y te van abonando, pero personalmente pienso que es un lío, nosotros en la empresa lo que es al cobro, mandamos un fichero para cada vencimiento, así nos va mejor para cuadrar las remesas (envíos) con los abonos a vencimiento.
6 – El factoring es como un anticipo y además de un seguro de impago, solo para situaciones concursales, pero solo se suele aceptar para grandes empresas, y además no todas ellas aceptan ser factorizadas, ver https://www.rankia.com/blog/economia-domestica/941054-gestion-riesgo-comercial-clientes-segunda-parte-capitulo-3-factoring-recurso , por cierto es algo mas caro que el descuento, por el efecto de garantía de cobro.
Esto también afecta al factoring, se trata de "la disputa comercial" https://www.rankia.com/blog/economia-domestica/960109-gestion-riesgo-comercial-clientes-segunda-parte-capitulo-5-disputa