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Dudas sobre nóminas (IT)

2 respuestas
Dudas sobre nóminas (IT)
Dudas sobre nóminas (IT)
#1

Dudas sobre nóminas (IT)

Hola, tengo un par de dudas. Lo estudié en su tiempo pero de no usarlo ya lo he olvidado. A ver si alguien me puede ayudar.

1. Tema recaídas en IT. Suponiendo que se den todos los requisitos para que se considere recaída y se reanude la situación de IT con una nueva base, ¿se continúa con el proceso iniciado en la IT anterior o no? Es decir, si por ejemplo la primera IT fue de 18 días, esta segunda ¿empezará con 2 días al 60% de la Base Reguladora y luego ya el resto al 75%, o empezará con los tres primeros sin subsidio, los 17 siguientes al 60 y el resto al 75? Para el cómputo de 365 sé que se suman, pero para hacer el pago de la prestación no tengo claro si comienza de cero o sigue el proceso abierto.

2. Trabajador mensual que se pone de baja en un mes de 31 días. Trabaja los 10 primeros, y está de baja 21. A la hora de calcular la Base de Cotización por Contingencias Comunes sé que tengo que hacer el cálculo diferenciado en esos dos tramos. Pero mi duda es, ¿tengo que sumar 30 días (recordemos que era mensual) o 31? La lógica me dice que deberían ser 30, pero es que entonces tengo que quitarle un día, o bien de los trabajados o bien de los de IT. ¿De dónde se lo quito, de los que corresponden a la situación de IT? Vamos, necesito saber si tengo que calcular 10+21, 10+20 o 9+21. Esta última casi que la descarto, pero por si acaso.

¿Y si fuese en Febrero? 10 currados y 18 de baja, ¿tendría que hacer 10+18 o 10+20?

Gracias de antemano, un saludo

#2

Re: Dudas sobre nóminas (IT)

Buenas,

si se cumplen todos los requisitos según como comentas para que se cumpla una recaída en IT, se trataría de sólo una baja. Por lo tanto, deberías comenzar como bien dices: dos días (el día 19 y el día 20, continuamos contando desde los días de antes de la recaída) al 60% de la Base Reguladora a cargo del empresario, y los días siguientes al 75% de la Base Reguladora a cargo del INSS.

Y la segunda duda, al tratarse de un trabajador con salario mensual deberías sumar 30 días, por lo tanto el divisor sería 30. Si se tratase de un trabajador con salario diario, ahí deberiás sumar los dias correspondientes al mes en el que se encuentra la baja (28, 31, en cada caso).

Espero que te sirva de ayuda,

un saludo.

#3

Re: Dudas sobre nóminas (IT)

Con retraso, pero muchas gracias. Encontré la solución por otra vía y había olvidado por completo este mensaje.

Saludos

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