Una sociedad civil es un CONTRATO, mediante el cual dos o más personas deciden asociarse para, con ánimo de lucro, desarrollar una actividad económica.
Se puede aportar capital, industria, o ambas.
Al menos debe existir un socio que aporte industria (actividad).
El desarrollo de las labores de dirección y gerencia inherentes a la administración de la actividad presupone ordenación de medios de producción.
La situación que describes se puede dar, y convierte de facto, al administrador en socio industrial. Todos los socios industriales deben estar de alta en el RETA.
la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!