Que elaborado todo y no es por nada pero inefectivo, si has liquidado el modelo 115 en hacienda estos ya saben que el señor te alquila un local, si pasa desde hace 3 meses y tu presentas IVA soportado e ingresos a cuenta por retenciones en arrendamientos hacienda esta mas que enterada y que no te emita el recibo le importa un pito de vaca debido entre otras cosas a que se trata de un rendimiento inmobiliario.
Lo que debes hacer es al ser los dos personas dadas de alta en el 037/036 retenedores, profesionales y empresarios pues majo no le pagues sin la pertinenete factura que por otra parte si los flujos de dinero son los que tienen que ser con los comprobantes de las transferencias es suficiente para tu contabilidad.
Lo de la reparacion directamente burofax de esos con referencia al contrato copia de la factura que te han colocado y dando lugar a descontarlo de la cuota de alquiler por ser obligacion suya.
Los pagos los haces tu por lo que el poder lo tienes tu, el que paga exige y no al reves.