Como bien dices, en la Comunidad de Madrid se ha ampliado la tarifa reducida para autónomos de 6 a 18 meses. Según dicta el acuerdo del Consejo de Gobierno, debes realizar la siguiente gestión:
Los autónomos que se hayan dado de alta después de febrero de 2016 podrán presentar la solicitud desde la publicación del acuerdo aprobado el 17 de mayo de 2016, a partir del tercer mes desde el alta inicial del trabajador autónomo y hasta el último día del séptimo mes desde dicha alta. Para aquellos trabajadores cuya alta inicial en el RETA está comprendida entre octubre de 2015 y febrero de 2016, ambos inclusive, el plazo de solicitud de esta ayuda será de tres meses desde la publicación del acuerdo de Consejo de Gobierno en el BOCM.
La medida tiene carácter retroactivo desde el 10 de octubre de 2015. Por lo tanto, yo entiendo que durante el séptimo mes y quizás el siguiente pagues los 133 euros, pero te los reembolsarán en cuanto se gestione tu petición y a partir de entonces abonarás los 50 euros de la tarifa plana.
Saludos!