Embargo nómina empleado - derecho laboral
Buenos días,
Hemos recibido una carta de la diputación con una diligencia de embargo indicándonos que uno de nuestros trabajadores debe 80€. Como es un porcentaje pequeño de su nómina, entiendo que es esa es la cantidad total de dinero que debe. Suponía que en la nómina del próximo mes tendríamos que descontarle esa cantidad e ingresarla nosotros, pero tal y como nos indicaba el documento, accediendo a la oficina virtual tributaria se nos ha generado un documento que indica que tenemos que pagar cada mes únicamente 9€ con algo, imagino que en 9 plazos hasta satisfacer la deuda del trabajador.
Preguntas:
- ¿Siendo únicamente 80€ es normal que se tenga que pagar en tantos plazos y que tengamos que hacer este trabajo mes a mes?
- ¿Podría el trabajador pagar él personalmente de la forma que fuera los 80€ o una vez iniciado el proceso de embargo ya está fuera de plazo?
Gracias y un saludo.