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Darse de baja de una comunidad de bienes (como comunero)-Por mantenimiento de Antenas de Televisión

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Darse de baja de una comunidad de bienes (como comunero)-Por mantenimiento de Antenas de Televisión
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Darse de baja de una comunidad de bienes (como comunero)-Por mantenimiento de Antenas de Televisión
#1

Darse de baja de una comunidad de bienes (como comunero)-Por mantenimiento de Antenas de Televisión

Somos una comunidad de bienes de 32 comuneros, constituida hace 10 años para el mantenimiento de 2 antenas de televisión comunitarias y de 16 armarios de servicios ( con sistemas de TV; Telefonia ) en cada uno de ellos y que dan servicio a dos viviendas adosadas cada uno de ellos.

Hasta hoy la Comunidad de Bienes, mediante cuotas o derramas hace frente a los pagos del suministro de energia electrica necesaria para el funcionamiento de las 2 antenas de televisión. Además la CB se hace cargo del importe de cuantas modificaciones o reparaciones sean necesarias en esos armarios de servicios y en las 2 antenas, además de los gastos del técnico que revisa las instalaciones de los dos armarios de las 2 antenas y  los 16 armarios de servicios cada vez que algun o algunos vecinos (comuneros) comunica deficiencias en la recepción de la señal de TV en sus domicilios. Los gastos aproximados de la comunidad al cabo de un año suelen ser de unos 600/700 €.

La situación que se nos presenta ahora es que varios miembros (comuneros ) de esta Comunidad de bienes quieren darse de baja de la misma alegando que ellos no quieren ver la televisión a traves de las antenas de la comunidad y que van a recibir los canales de TV por otros medios ajenos a las antenas comunitarias.

El problema se presenta, o presentará, cuando el numero de comuneros sea tan elevado que el gasto de mantenimiento anual tenga que ser satisfecho por los pocos comuneros que permanezcan en la Comunidad de Bienes, cosa que no nos parece justa (desconozco si es justo o no).

Las preguntas son:

¿Puede cualquier comunero individualmente salirse de la Comunidad de Bienes o es necesario que el resto de comuneros lo autorice en junta de propietarios, toda vez que si el numero de solicitantes para darse de baja de la CB fuera muy elevado, el costo del mantenimiento de las instalaciones recaeria exclusivamente en los comuneros que permanezcan en ella?

En los estatutos de constitución de la CB no hace referencia a la forma en que un comunero puede abandonar la CB. ¿Debe aplicarse a rajatabla lo descrito en los Artª 392 y siguientes del Codigo Civil?

El codigo civil en esos articulos parece que se refiera a Comunidades de Bienes distintas a la nuestra que no tenemos animo de lucro ni de negocio ¿no?

 

 

#2

Re: Darse de baja de una comunidad de bienes (como comunero)-Por mantenimiento de Antenas de Televisión

Si existe CB es que hay "algo" que se tiene en copropiedad. Si se tiene "algo" en copropiedad, hay unos gastos y obligaciones que cumplir, se haga uso de esa propiedad o no. Salirse de una CB es transmitir la cuota de propiedad que se tiene sobre la misma.

En el caso que describes, además de la propiedad sobre la cosa, y sus costes de mantenimiento, pudiera ser que hubiese otros costes asociados a su utilización. Quizás estos últimos serían susceptibles de ser "rebajados" a los copropietarios que efectivamente no usen esos servicios.

Pienso en el caso de un ascensor en una comunidad de propiedad horizontal (que no es más que una CB especial). Todos los comuneros son copropietarios de dicha instalación, la usen o no la usen. Pueden haber acuerdos internos que eximan de ciertos costes a determinados copropietarios (mantenimiento de ascensor a locales comerciales sin acceso, por ejemplo).

Habría que conocer más datos, como por ejemplo si esas viviendas, adosadas de dos en dos, son ya en sí mismas una copropiedad (una comunidad en propiedad horizontal "horizontal"), y si esas instalaciones de telecomunicaciones son una instalación propia de esa comunidad originaria, si la CB "operativa" es la dueña de la instalación, o es solo un nif separado para la gestión operativa de la instalación,.....

En el caso, si la pertenencia a una CB realmente solo implica compartir una seríe de obligaciones de pago, transmitir la cuota de coporpiedad (salirse de la CB), es transmitir una deuda. El valor de transmisión sería negativo (habría que pagar por salirse).

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!

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