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Contabilidad Agente Comercial

8 respuestas
Contabilidad Agente Comercial
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#1

Contabilidad Agente Comercial

Tengo 2 dudas acerca de como tratar 2 gastos en la contabilidad de un Autónomo Agente Comercial:
La primera es como se contabiliza la amortización de bienes de inversión, ¿una vez al año, al trimestre, al mes?, si fuera al año, ¿al principio o al final de año?.
Por otro lado, la gasolina que se consume con el coche comercial ¿se contabiliza añadiendo las distintas facturas de gasoil como cualquier otro gasto o se hacen apuntes de gasto de tanto por km?, es decir por kilometraje

#2

Re: Contabilidad Agente Comercial

La amortización debe corresponderse con una depreciación o deterioro efectivo del bien. Así pues, uses el calendario que uses (diario, semanal, mensual o anual), siemrpe debes imputarla a final de dicho periodo, ya que a comienzo del mismo es imposible que un bien se haya deteriorado (bueno sí, pero entonces se acostumbra a llamar accidente, rotura, robo, u otras cosas).

La contabilización de los gastos por desplazamiento, depende. Si es agente colegiado, es deducible el vehículo y los gastos por su uso (garaje, peajes, gasolina, etc.). Si no es agente colegiado, y desde la empresa le liquidan una partida a tanto alzado como resarcimiento de desplazamientos, se puede aplicar lo del kilometraje, debiendo ser él quien lleve el cómputo. Pero en este caso estaríamos no en una Actividad Económica, sino en una Relación Laboral Especial.

En otros casos, (actividad económica sin estar colegiado), en principio, y salvo prueba en contrario, no es deducible el vehiculo, y tampoco, por tanto, los gastos de este.

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!

#3

Re: Contabilidad Agente Comercial

Un agente comercial se puede deducir todo el gasto en combustible del vehículo que utilice para su profesión, insisto todo. Pero, También, tiene que estar bien justifado en las facturas: nombre,nif, matrícula, ...

Se contabiliza como cualquier factura de gasto.
En cuanto a la amortización del vehículo: se suele llevar un cuadro de amortización, y cada año se amortiza una cantidad (P EJ. un 10% del valor de adquisición del coche, hay unos % máximos) hasta cubrir el importe de compra.
Se suele contabilizar la amortización a final de año.

Lo que no estoy seguro es de la oblitariedad de estar colegiado. Creo que basta con estar dado de alta en el correspondiente epígrafe tanto en Hacienda como en la Seguridad Social

#4

Re: Contabilidad Agente Comercial

Gracias a los dos por las respuestas.
Os voy a hacer otras preguntas: Respecto a las comidas en restaurantes con motivo de la actividad de agente comercial, ¿es válida la factura o ticket con todos los datos en la que no venga desglosado el IVA, es decir, que pone el famoso "IVA incluido"?.
Como actividad profesional que es, se obliga a llevar Libro de Gastos y Compras, Libro de Ingresos y ventas, Libro de Bienes de Inversión para IRPF, ¿hay que llevar además para IVA el Libro de Facturas Emitidas y el Libro de Facturas Recibidas?. Es que el programa informático me da la posibilidad de los 5 Libros pero no sé si realmente son obligatorios los 3 primeros o los 5 Libros.

#5

Re: Contabilidad Agente Comercial

Un consejo en esto de los restaurantes, anota en el papelito para que comiste fuera, ya sé que nos prueba alguna, pero mira ante una inspección si resulta que comes en Jaén y aquel día hay unos pedidos, o es una invitación y luego resulta que es un nuevo cliente .....

#6

Re: Contabilidad Agente Comercial

Al hilo de esta consulta,en mi caso he comprado un vehiculo para desarrollar la actividad de agente comercial y lo he pagado en mano,tenia 4 años y me corto 3500 euros.
si hubiese pedido un credito podria deducir el importe de las letras como AMORTIZACIONES.
En este caso pue deducir el 25% como maximo y en 8 años como perdidas por deterioro de elementos patrimoniales?
Comentar que no me interesa ponerlo todo porqure perderia otra deduccion muy importante por el ejercicio de determinadas actividades economicas e incluso me sale mejor no deducir nada del vehiculo.La parte que podia meter sin perder esta deduccion seria la del 12,5% del valor del bien que seria hacerlo en 8 años.
A VER SI ME HE EXPLICADO,¿ES ESTO ASI? PUEDO DEDUCIRME ESE PORCENTAJE DEL VALOR DEL BIEN,EN ESTE CASO EL VEHICULO.
Si fuese afirmativa la rewspuesta, podria el año que viene deducir el maximo que seria un 25% y si fuese asi seria el 25% del total inversion o del pendiente de deducir?
GRACIAS POR VUESTRA ATENCION Y UN SALUDO

#7

Re: Contabilidad Agente Comercial

A ver…… la financiación de la compra no otorga la deducción, en todo caso los intereses son gastos deducibles, no soy fiscalista, con lo cual tal vez mejor consultes esto en el foro de fiscalidad, pero te avanzo algo de lo que sé.

Normalmente el coche de un agente comercial se considera compartido, con lo cual se supone que el 50% es de uso particular y el otro 50% es uso empresarial, salvo que puedas demostrar que dispones de un vehículo personal al margen del comercial, y que tenga una categoría similar o superior al de “empresa”, con lo cual el 50% de todos los gastos que tengas en el vehículo son deducibles, el IVA también, los neumáticos, el seguro, etc., y a la vez la amortización del 50% de su valor, de acuerdo con las tablas máximas fiscales que puedes consultar en la web de la AEAT.

Luego si los financias, de igual forma te podrás deducir el 50% de los gastos financieros, no de la cuota, solo de la parte correspondiente a intereses y gastos de formalización, pero si no lo financias, pues todo lo demás (párrafo anterior) sigue igual pero obviamente los intereses no, porque no los hay.

Para terminar si me pides las tablas fiscales (esto del 25%) de los agentes comerciales, esto mejor en el foro de fiscalidad, y si es segunda mano estos porcentajes pueden incrementarse, al considerar que la vida útil del bien de inversión durará menos tiempo, pero esto también en fiscalidad, yo solo sé que existes las tablas fiscales en la web de la AEAT, pero ni idea dónde buscar los porcentajes de tu actividad económica, y menos los incrementos por segunda mano. NI idea, en otros negocios creo que los vehículos como máximo son el 12 ó el 15%, y por segunda mano un 50% más, o sea un 18 ó 22,5, pero no me hagas mucho caso, no soy fiscalista, y las amortizaciones de la empresa las programa nuestra contable de acuerdo con el asesor fiscal, y además como empresa auditada que somos tenemos que contar con la opinión de los auditores, pero de memoria no lo recuerdo.

#8

Re: Contabilidad Agente Comercial

Acabo de darme cuenta que no es el foro de fiscalidad.
De todas formas no es un error donde pones que si tengo otro vehiculo podre deducir el 50%,no sera el 100%.En mi caso tengo un utilitario pequeño para trabajar por la zona del rural de una ciudad y un ciclomotor para cuando el tiempo lo permite y como vehiculo para uso personal un monovolumen y una motocicleta de gran cilindrada que compartimos yo y mi esposo,por lo que entiendo que podre contabilizar el uso de los dos primeros al 100%.
gracias y un saludo

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