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Duda facturas intracomunitarias y modelo 347/roi
Buenas. Si vas a empezar a dar clases de inglés a través de 2 plataformas online (es decir, 2 empresas) una con sede en Alemania y la otra con sede en UK...
En principio tengo claro que debo darme de alta como autonomo, y solicitar inclusión en el ROI
Las clases facturadas al cliente de UK no estarían sujetas a IVA, mientras que las de Alemania están sujetas pero exentas por el Art 20.Uno.9). de IVA, correcto? Entonces en la factura tendría que poner una mención tal que "operación exenta por por el Art 20.Uno.9). de IVA"? Entiendo que NO se trata de una inversión del sujeto pasivo.... otra duda que tengo es, necesito que la empresa alemana me comunique su NIF IVA? o tratandose de un servicio exento no sería necesario?
En cuanto a modelos a presentar, entiendo que al dar de alta la actividad el 036 o 037 (dando de alta en ROI), y darse de alta en la Seguridad Social.... y luego cada 3 meses retención irpf del 20% en el modelo 130, no? El 303 trimestral de IVA no tendría que presentarlo ni por tanto el 390 anual
pd: en cuanto a modelo 347 creo que también tendría que presentarlo una vez al año, correcto?
Si me podéis decir si estoy en lo correcto o no, mil gracias!! He leído mucho y esas son mis conclusiones
En principio tengo claro que debo darme de alta como autonomo, y solicitar inclusión en el ROI
Las clases facturadas al cliente de UK no estarían sujetas a IVA, mientras que las de Alemania están sujetas pero exentas por el Art 20.Uno.9). de IVA, correcto? Entonces en la factura tendría que poner una mención tal que "operación exenta por por el Art 20.Uno.9). de IVA"? Entiendo que NO se trata de una inversión del sujeto pasivo.... otra duda que tengo es, necesito que la empresa alemana me comunique su NIF IVA? o tratandose de un servicio exento no sería necesario?
En cuanto a modelos a presentar, entiendo que al dar de alta la actividad el 036 o 037 (dando de alta en ROI), y darse de alta en la Seguridad Social.... y luego cada 3 meses retención irpf del 20% en el modelo 130, no? El 303 trimestral de IVA no tendría que presentarlo ni por tanto el 390 anual
pd: en cuanto a modelo 347 creo que también tendría que presentarlo una vez al año, correcto?
Si me podéis decir si estoy en lo correcto o no, mil gracias!! He leído mucho y esas son mis conclusiones