No soy economista, asesor jurídico, o especialista en derecho societario, pero por la práctica algo sé sobre ello.
El poner la cabecera del holding en un paraíso fiscal, además de ciertas ventajas fiscales, lo que tiene es que estos países son muy poco transparentes con la titularidad de las acciones, que en este caso y de hecho son al portador, y no hay o no se puede consultar el registro de accionistas de una compañía determinada, y a menudo estas sociedades que son meramente instrumentales se constituyen en un despacho de abogados, y su domicilio social es poca cosa más que un apartado de correos.
Y luego si en lugar de una cabecera de un grupo, se organizan varias sociedades, de manera que ni siquiera hay un nexo común entre todas ellas, ni te digo …..
Uno de los problemas que tiene esto es que si uno no trabaja con su propio dinero, y pretende cierta financiación bancaria, nunca lo tuvo fácil, las entidades financieras piden mucha documentación, siempre la pidieron, pero ahora en estos casos con una titularidad real desconocida, o conocida pero de muy difícil demostración jurídica si aparecen problemas, me temo que el grifo de la financiación, ya de por sí muy cerrado, se convierte en un cierre completo, y es posible que algo de esto les ocurra a este “no grupo”.
En el tema de la CNMV, mal que me pese, no puedo dar la razón a la CNMV, el no grupo NR en las emisiones de pagarés se limitó a leer la vigente ley del mercado de valores del momento de las emisiones, y en base a ella actuó de manera totalmente legal, el problema es que ley no estaba pensada para casos como este, con lo cual la protección a los ciudadanos de a pie (no profesionales del negocio del prestar) quedaba muy desamparada, tanto por las características de las emisiones, como por la imposibilidad de obtener datos financieros recientes, porque esta obligación (información trimestral) solo es de obligado cumplimiento para las empresas cotizadas en mercados de valores, sea el IBEX 35, el Mercado Continuo, o incluso los Mercados Secundarios de las bolsas, o en algunas otras por sus especiales característica, pero no para el tipo de empresas controladas por NR.
En el caso de las ampliaciones de capital, la acabada de Dhul y la recientemente iniciada de Clesa, tienen problemas similares, son sociedades limitadas, y la normativa que regula esto está pensada para sociedades familiares o pymes, y NR la utiliza al igual que una ampliación de capital de lo que podría ser la reciente del BBVA, pero ni son acciones, porque las SL’S tienen participaciones (no acciones), no son negociables en mercados organizados, y otra vez, no existen consultables para el público estados financieros recientes, NR se limita a la obligación legal de presentar las cuentas anuales a los registros mercantiles a los 6 ó 7 meses del cierre del ejercicio contable, y se pueden obtener, previo pago al Registro Mercantil, como muy pronto a finales de septiembre, cuando no es octubre o noviembre del año siguiente, y en tiempos de crisis 9 ó 10 meses es una eternidad, y las cosas pueden haber cambiado de manera radical.
La CNMV, tal como diríamos en catalán “s’hi pot posar fulles”, porque NR cumple con la legalidad vigente, y en mi opinión la CNMV se está cubriendo las espaldas mediante avisos en su web sobre las características de las emisiones de turno, y el problema de esto es que es casi como el Boletín Oficial del Estado, que lo leen los profesionales, y de los no profesionales 4 y el tato. Dudo que la CNMV pueda publicar sus recomendaciones, advertencias o informes por ejemplo en un periódico de ámbito nacional, no sé si seria legal (no soy abogado), pero me parece que hacerlo podría ser considerado algo así como “manía persecutoria”. Para mí las advertencias publicadas en su web, son para cubrirse “el culo” si la cosa peta por algún lado, y no tener todos los ciudadanos “apechugar” con las indemnizaciones a los inversores. Lo que si puede hacer la CNMV (supongo) es llamar a los periódicos informándoles de que en su web hay información societaria relevante, pero presionar para que la publiquen, lo dudo ……
A mí en realidad no me parece mal que NR busque formulas imaginativas para captar recursos, es más, me parecería perfecto (en condicional) si ello estuviese acompañado de información financiera reciente, auditada, transparente, etc., porque entonces los inversores podríamos decidir si invertir o no bajo dos premisas muy diferenciadas, pero a la vez complementarias y necesarias para tomar la decisión, una que ya cumplen que es la información cualitativa (marcas, prestigio, buen hacer, instalaciones, etc.) y cuantitativa (balances, cuentas de resultados, estados previsionales, destino claro de las inversiones, reporte de los destinos de los fondos captados, etc.,). Y en todo caso con la mediación de una agencia o sociedad de valores habilitada al efecto, que nos diera fe de la realidad de ambas facetas.